Ayudas por desplazamiento para cursar estudios universitarios, de ciclos formativos de grado superior que no se puedan cursar en Eivissa y de ciclos formativos de grado medio que no se puedan cursar en Eivissa.- Convocatoria 2012/2013.
Código de ayuda:
S07091/13Norma:
Eivissa, 12 de marzo de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/04/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas para el curso académico 2012-2013, para compensar parte del coste deldesplazamiento del alumnado residente en la isla de Eivissa que tenga que desplazarse fuera de la isla para realizar estudios con título de carácter oficial y con validez en todo el Estado español.
Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- Formación
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía individual de la ayuda por desplazamiento será de cuatro cientos cincuenta euros (450 €).Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los y las estudiantes residentes en la isla de Eivissa que lleven al menos tres años empadronados y que se hayan matriculado durante el curso 2012-2013 de los estudios previstos en la base segunda tanto si son matrículas anuales como si son cuatrimestrales y que cumplan los requisitos de la cláusula decimoprimera y el resto de obligaciones establecidas en estas bases.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El desplazamiento para cursar estudios universitarios, de ciclos formativos de grado superior que no se puedan cursar en Eivissa y de ciclos formativos de grado medio que no se puedan cursar en Eivissa.Requisitos:
1. Aquellos alumnos residentes que lleven al menos tres años empadronados en la isla de Eivissa y que cursen estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears cuando estos estudios estén incluidos en la oferta educativa de la CAIB.2. Aquellos alumnos residentes que lleven al menos tres años empadronados en la isla de Eivissa y que cursen estudios universitarios en Palma cuando estos estudios se hagan también en Eivissa.
3. Aquellos alumnos residentes que lleven al menos tres años empadronados en la isla de Eivissa y que cursen ciclos de Formación Profesional de grado superior fuera de la isla siempre que no se puedan hacer en Eivissa.
4. Aquellos alumnos residentes que lleven al menos tres años empadronados en la isla de Eivissa y que cursen ciclos de Formación Profesional de grado medio que no se puedan cursar en Eivissa.
5. Aquellos alumnos residentes que lleven al menos tres años empadronados en la isla de Eivissa y que cursen enseñanzas artísticas superiores de música, danza, arte dramático, conservación y restauración de bienes culturales, artes plásticas y diseño.
Documentos asociados
Boletín:
19/03/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 37
Documento: Bases, Convocatoria 2012/2013 y Anexos. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 37
Documento: Bases, Convocatoria 2012/2013 y Anexos. Descargar Documento