Ayudas por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) para el apoyo a proyectos de inversión de empresas sociales de la Comunitat Valenciana.

Código de ayuda:

S52664/17

Norma:

ORDEN 19/2017, de 24 de octubre, de 2017.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden establece las bases reguladoras para la concesión por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (en adelante, IVACE) de ayudas a proyectos de inversión de empresas sociales de la Comunitat Valenciana con objeto de promover su consolidación.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía de las ayudas no podrá superar el importe de 100.000 euros por proyecto; en las respectivas convocatorias se establecerá el porcentaje de subvención con relación a los costes subvencionables, que podrá variar en función de si la entidad beneficiaria es una sociedad mercantil o una entidad sin ánimo de lucro, pero sin que en ningún caso exceda el 85 % de dichos costes.

2. En cualquier caso, dado que las ayudas estarán sujetas al régimen de minimis, la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Fundaciones, asociaciones y otras entidades, organizaciones y cooperativas reconocidas oficialmente como no lucrativas.

b) Entidades mercantiles participadas en más del 50 % por una entidad no lucrativa.

c) Entidades mercantiles que tengan regulados en sus escrituras y/o estatutos el reparto de beneficios con objeto de garantizar que dicho reparto no vaya en detrimento de su objetivo primordial como empresa social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones susceptibles de ayuda en el marco de las respectivas convocatorias serán aquellos proyectos de inversión que contribuyan al crecimiento, desarrollo y consolidación de las empresas sociales en la Comunitat Valenciana.

Requisitos:

a) Tener domicilio social o establecimiento permanente en el territorio de la Comunitat Valenciana.

b) No estar incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

c) Cumplir con el requisito de tamaño para ser considerada PYME, de acuerdo con la definición prevista en el Reglamento (UE) número 651/2014, así como la normativa que pudiera modificarla. Este requisito no se aplica a las entidades constituidas como asociaciones, fundaciones y otras entidades y organizaciones sin ánimo de lucro.

d) Cumplir con las obligaciones previstas en la Ley 6/2014, de 25 de julio, de prevención, calidad y control ambiental de actividades en la Comunitat Valenciana, del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y de la Ley 9/2003, de 2 de abril, para la igualdad entre mujeres y hombres.

Documentos asociados

Boletín: 27/10/2017
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8158
Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento