Ayudas por la paralizacion temporal armadores o propietarios de buques afectados por la suspension del acuerdo de pesca entre la Union Europea y Mauritania.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S54182/14

Norma:

Orden AAA/2364/2014, de 15 de diciembre. Orden AAA/175/2012, de 30 de enero.

Plazo de Solicitud:

Consultar según fecha de periodo de parada.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el año 2014, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de ayudas a los armadores o propietarios de buques pesqueros españoles de las modalidades de pesca indicadas en el punto tercero, afectados por la suspensión del Acuerdo entre la Unión Europea y la República Islámica de Mauritania.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo por día de ayuda, así como los criterios para su determinación serán los que figuran en el anexo II de la presente convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los armadores o propietarios de buques pesqueros españoles, que hubiesen faenado en el caladero mauritano en los últimos doce meses del periodo de vigencia del Acuerdo, que estén afectados por la suspensión del Acuerdo de pesca entre la Unión Europea y Mauritania, del 1 de agosto de 2014, y cumplan con los requisitos establecidos en la Orden AAA/175/2012, de 30 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los armadores o propietarios de buques pesqueros españoles por la paralización temporal de la actividad pesquera, pertenecientes a las siguientes categorías de pesca:

Categoría de pesca 2: Arrastreros (no congeladores) y palangreros de fondo de pesca de merluza negra.

Categoría de pesca 3: Buques de pesca de especies demersales, excepto la merluza negra, con artes distintos del arrastre.

Categoría de pesca 6: Atuneros cañeros y palangreros de superficie.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas se otorgarán por un periodo de cinco meses de duración, realizados entre el 1 de agosto de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014, ambos inclusive, siempre que persista la imposibilidad de pescar en el caladero.

Durante el período de cinco meses comprendido entre el 1 de agosto de 2014 y el 31 de diciembre de 2014, los buques podrán iniciar la parada temporal o interrumpirla y reanudar la actividad en cualquier momento, suspendiéndose el cobro de la ayuda durante el período que lleve a cabo la actividad pesquera.

Requisitos:

a) Pertenecer a la tercera lista del Registro de buques y empresas navieras.

b) Que el buque esté en situación de alta en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.

c) Estar en posesión de una licencia de pesca para las modalidades y caladeros señalados en cada convocatoria.

d) Durante el periodo de paralización, la inactividad pesquera debe ser total y el buque debe permanecer amarrado a puerto, sin que sea necesario que ese puerto coincida con su puerto base.

e) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

f) Justificación de que el armador o propietario del buque ha presentado ante las autoridades laborales el correspondiente Expediente de Regulación de Empleo por el total de los tripulantes enrolados en la embarcación, en la fecha de la última arribada a puerto para comenzar la parada, a efectos de que los tripulantes de dicho buque puedan acogerse a las ayudas correspondientes, salvo cuando en supuestos excepcionales pueda eximirse este requisito para determinados buques de ciertas modalidades y arqueo, que de forma específica se determinarán en cada convocatoria.

g) No haber sido sancionado con la inhabilitación temporal o definitiva para recibir ayudas o subvenciones públicas por infracciones administrativas en materia de pesca marítima.

Documentos asociados

Boletín: 04/02/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 30
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/12/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 304
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento