Ayudas por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en relación con la parada temporal adicional y voluntaria de la flota que faena en el caladero nacional del Golfo de Cádiz en la modalidad de cerco, que ha tenido lugar del 1 al 28 de febrero de 2022.
Código de ayuda:
S60219/22Norma:
Orden de 4 de octubre de 2022.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de octubre de 2022.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto es la convocatoria de ayudas por la paralización temporal adicional y voluntaria de la actividad de la flota pesquera con puerto base en Andalucía que faena en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz en la modalidad de cerco en el periodo comprendido entre el 1 y el 28 de febrero de 2022, contenida en el artículo 33.c) del Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014,relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Las personas físicas o jurídicas (armadores/explotadores), así como las agrupaciones identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones encargadas de la explotación de buques pesqueros afectados por la parada temporal que estén registrados como activos en el Registro General de la Flota Pesquera, y que hayan llevado a cabo una actividad pesquera de al menos 120 días en el mar, durante los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.b) Las personas físicas (tripulantes) que hayan trabajado en el mar al menos 120 días durante los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, a bordo de un buque pesquero afectado por la paralización temporal.
Documentos asociados
Boletín:
08/09/2022
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 173
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
17/10/2022
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 199
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
17/10/2022
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 199
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
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