Ayudas por paralizacion temporal a tripulantes de buques de palangre de superficie, afectados por el Plan integral de gestion para la conservacion de recursos pesqueros en el Mediterraneo.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S34691/11

Norma:

Orden PRE/1684/2011, de 9 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/07/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas a tripulantes de buques pesqueros españoles de la modalidad de palangre de superficie, afectados por la paralización temporal obligatoria de su actividad pesquera, en el marco del Plan Integral de Gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Empleo

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individual de la ayuda será de 37,45 euros por día de parada. En ningún caso la ayuda otorgada para cada beneficiario podrá exceder de 61 días.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los tripulantes españoles, los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y los extranjeros que cuenten con autorizaciones de residencia y trabajo en vigor, embarcados en los buques pesqueros españoles que hubieran cesado en su actividad por la veda
temporal para la pesca de la modalidad de palangre de superficie en el marco del Plan Integral de Gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo, en las fechas que se indican en el artículo 1.2 que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4, y cuyo contrato de trabajo se haya visto suspendido a causa de la paralización temporal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las derivadas de sufragar los costes a los afectados por la paralización temporal obligatoria de su actividad pesquera, en el marco del Plan Integral de Gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo.

Requisitos:

a) Figurar enrolados a bordo de alguno de los buques pesqueros españoles de la modalidad de palangre de superficie, afectados por la paralización temporal establecida en la Orden ARM/143/2010, de 25 de enero.

b) Estar incluidos en el expediente de regulación de empleo instruido al efecto de autorizar la suspensión de las relaciones laborales.

c) Encontrarse en la situación de alta en la Seguridad Social y mantener ininterrumpida la relación laboral con la empresa armadora de la embarcación en la que se encontraban enrolados en el momento de sobrevenir la inmovilización de la flota durante la parada.

d) Acreditar un periodo de cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar de, al menos, seis meses a lo largo de su vida laboral.

e) Estar al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

f) No haber sido sancionado con la inhabilitación temporal o definitiva para recibir ayudas o subvenciones públicas por infracciones administrativas en materia de pesca marítima.

Documentos asociados

Boletín: 17/06/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 144
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento