Ayudas por paralizacion temporal de la flota de arrastre de la Region de Murcia.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S22273/13

Norma:

Orden de 14 de junio de 2013. Orden de 22 de noviembre de 2007. Orden de 13 de noviembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/12/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas públicas a los armadores de embarcaciones con puerto base en la Región de Murcia afectados por la paralización temporal de la flota de arrastre efectuada en el periodo comprendido entre los días 1 y 30 de mes de noviembre de 2014, al amparo del Plan de Gestión Integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo aprobado por Orden AAA/2808/2012, de 21 de diciembre.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Agricultura y Agua (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas se determinará de conformidad con lo dispuesto en el Anexo II del Reglamento (CE) 1198/2006, de 27 de julio, relativo al Fondo Europeo de la Pesca y baremo contenido en el Programa Operativo para planes aprobados por los Estados miembros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación de aquéllas que reúnan los requisitos generales y específicos establecidos en las bases y resto de normativa reguladora para cada una de los distintos tipos de ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.2. ParaIización temporal flota arrastre 2014.

Requisitos:

1) Ser propietario o armador de un buque de la lista tercera que tenga fijada su base en un puerto de la Región de Murcia y que se haya visto afectado por una paralización temporal de la actividad pesquera adoptada en el marco de un plan de gestión de conformidad con el Reglamento 1198/2007, de 27 de julio.

2) Que el buque se encuentre en situación de alta en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.

3) Estar en posesión de una licencia de pesca para la modalidad correspondiente a la parada.

4) Haber ejercido la actividad pesquera en la modalidad correspondiente durante un mínimo de 120 días en los 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la parada.

5) Estar en posesión de un certificado de navegabilidad del buque actualizado.

Documentos asociados

Boletín: 12/12/2007
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 285
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 18/06/2013
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 139
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 14/11/2014
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 271
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento