Ayudas por paralizacion temporal de la flota de arrastre de la Region de Murcia.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S22273/13Norma:
Orden de 14 de junio de 2013. Orden de 22 de noviembre de 2007. Orden de 13 de noviembre de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/12/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas públicas a los armadores de embarcaciones con puerto base en la Región de Murcia afectados por la paralización temporal de la flota de arrastre efectuada en el periodo comprendido entre los días 1 y 30 de mes de noviembre de 2014, al amparo del Plan de Gestión Integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo aprobado por Orden AAA/2808/2012, de 21 de diciembre.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Agricultura y Agua (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de las ayudas se determinará de conformidad con lo dispuesto en el Anexo II del Reglamento (CE) 1198/2006, de 27 de julio, relativo al Fondo Europeo de la Pesca y baremo contenido en el Programa Operativo para planes aprobados por los Estados miembros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación de aquéllas que reúnan los requisitos generales y específicos establecidos en las bases y resto de normativa reguladora para cada una de los distintos tipos de ayuda.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.2. ParaIización temporal flota arrastre 2014.Requisitos:
1) Ser propietario o armador de un buque de la lista tercera que tenga fijada su base en un puerto de la Región de Murcia y que se haya visto afectado por una paralización temporal de la actividad pesquera adoptada en el marco de un plan de gestión de conformidad con el Reglamento 1198/2007, de 27 de julio.2) Que el buque se encuentre en situación de alta en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.
3) Estar en posesión de una licencia de pesca para la modalidad correspondiente a la parada.
4) Haber ejercido la actividad pesquera en la modalidad correspondiente durante un mínimo de 120 días en los 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la parada.
5) Estar en posesión de un certificado de navegabilidad del buque actualizado.
Documentos asociados
Boletín:
12/12/2007
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 285
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
18/06/2013
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 139
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
14/11/2014
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 271
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 271
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento