Ayudas previstas en el Real Decreto 1539/2006, de 15 de diciembre, por el que se regula la concesion de ayudas para la renovacion del parque nacional de maquinaria agricola - Convocatoria 2009.
Código de ayuda:
S31328/08Norma:
ORDEN de 21 de abril de 2008. Real Decreto 1539/2006, de 15 de diciembre. ORDEN de 22 de abril de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/06/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las subvenciones destinadas a la renovación del parque de tractores y de maquinaria agrícola enla Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2009, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 2/2007, de 16 de enero, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones, en materia de agricultura y alimentación y en las bases reguladoras previstas en el Real Decreto 1539/2006 de 15 de diciembre, por el que se regula la concesión de ayudas para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Inversiones Materiales y Equipos
Otras
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Agricultura y Alimentación (Aragón)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Explotaciones agrarias.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Será susceptible de subvención la adquisición de un único tractor nuevo o una sola máquina automotriz agrícola nueva, que vengan a reemplazar una o varias máquinas antiguas y obsoletas, que se destinarán al achatarramiento.2. Las ayudas concedidas para el achatarramiento de tractores y máquinas automotrices podrán destinarse también, a la adquisición de determinadas máquinas arrastradas o suspendidas como:
a) Sembradoras directas.
b) Cisternas para purines y esparcidores de fertilizantes sólidos equipados, en ambos casos, con dispositivo de localización.
c) Abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios que posibiliten una correcta distribución, mediante acreditación de una estación de ensayos específica para estos tipos de máquinas.
Documentos asociados
Boletín:
10/01/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 9
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
30/04/2008
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 49
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín:
04/05/2009
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 82
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
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