Ayudas previstas en la Orden de 30 de junio de 2016, por la que se regulan las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.(operación 10.2.1).

Código de ayuda:

S00091/24

Norma:

Orden de 29 de diciembre de 2023. Orden de 30 de junio de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de febrero de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyo a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería.

Se convoca para el año 2024 la concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (operación 10.2.1), en la cuantía máxima de 2.000.000,00 euros.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias de esta línea de ayuda organizaciones de criadores o sus asociaciones miembros con ámbito de actuación en Andalucía y competencias delegadas en la gestión de los libros genealógicos que, a fecha de la solicitud de ayudas, se encuentren oficialmente reconocidas en el marco de la normativa vigente para la creación o la gestión de los libros genealógicos y el desarrollo de los programas de mejora, y cuyas explotaciones ganaderas se encuentran inscritas en el sistema nacional de información ARCA, conforme al artículo 25 del Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas.

Las organizaciones o asociaciones deberán ser de alguna de las razas siguientes:

- Especie bovina: Berrenda en colorado; Berrenda en negro; cárdena andaluza; Marismeña; Negra andaluza; Pajuna; retinta; Lidia.

- Especie ovina: Churra lebrijana; Lojeña; Merina; Merina de Grazalema; Montesina; Segureña; Merino Precoz.

- Especie caprina: Blanca andaluza; Blanca celtibérica; Florida; Malagueña; Murciano granadina; Negra serrana; Payoya.- Especie porcina: Ibérica.

- Especie equina: Hispano-árabe; Hispano-Bretón, Marismeña; Pura raza español; Caballo de las Retuertas.- Especie asnal: Andaluza.

- Especie aviar: Andaluza azul; combatiente español; Utrerana.

Documentos asociados

Boletín: 04/07/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 126
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/01/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 6
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
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