Ayudas, programa de apoyo a los Centros Tecnológicos y a sus Corporaciones y Alianzas Tecnológicas (Programa Emaitek).- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S65346/08

Norma:

RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2008. ORDEN de 25 de septiembre de 2008. RESOLUCION de 10 de diciembre de 2009. RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2010. RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2012. RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2012. RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2013. RESOLUCIÓN de 9 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/09/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria para el ejercicio 2014 de las ayudas previstas en la Orden de 25 de septiembre de 2008, de la Consejera de Industria, Comercio, y Turismo, por la que se regula el programa de apoyo a los Centros Tecnológicos y a sus Corporaciones y Alianzas Tecnológicas. Programa Emaitek, asignándoles financiación a través de la evaluación y el análisis de los resultados de su actividad a nivel global.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico e Infraestructuras (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la concesión de las subvenciones a los centros tecnológicos se seguirán las siguientes reglas:

En primer término se fijará la subvención máxima a percibir por cada beneficiario que no podrá exceder ninguno de los siguientes límites:

a) No podrá superar el 100% del coste de la actividad no económica del centro en el ejercicio correspondiente a la convocatoria.

b) No podrá exceder al 25% de sus ingresos totales por I+D+i obtenidos en el ejercicio cuyas cuentas hayan sido aprobadas y auditadas en el año anterior a la convocatoria, entendiéndose como tales los ingresos totales menos los ingresos obtenidos por servicios de ensayos, certificaciones, homologaciones, formación, difusión y otros servicios análogos no propios de actividad I+D+i.

c) No podrá exceder, respecto del importe total de la convocatoria, el porcentaje que sus ingresos totales por I+D+i representa respecto del sumatorio de los ingresos totales de I+D+i del conjunto de los centros tecnológicos que han acudido a la convocatoria (ingresos obtenidos todos ellos en el ejercicio cuyas cuentas hayan sido aprobadas y auditadas en el año anterior al de la convocatoria).

Una vez determinada la subvención máxima que correspondería a cada centro, se realizará una evaluación de la actuación de cada uno de ellos de acuerdo con el «Modelo de centro tecnológico orientado a resultados» que se contiene en el anexo 2 de la presente Orden. La evaluación se realizará respecto a los resultados obtenidos en los distintos indicadores en el ejercicio aprobado y auditado en el año anterior a la convocatoria. Una adecuación del 100% al referido modelo supondrá la concesión del 100% de la subvención máxima. En otro caso, la subvención a conceder por cada indicador, será proporcional a la puntuación obtenida en la valoración. La subvención total recibida será la suma de los importes asignados a cada indicador.

El anexo 1 recoge el método detallado de cálculo de esta subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D

Detalle beneficiarios:

Los Centros Tecnológicos y sus Corporaciones y Alianzas Tecnológicas siempre que cumplan los requisitos.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Este programa subvenciona un porcentaje de hasta el 100% del coste total de la actividad no económica que realicen las entidades beneficiarias a lo largo del año natural correspondiente a la convocatoria, entendiéndose por actividad no económica lo establecido por la Comisión Europea en su Marco comunitario sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2006/ C 323/01).

A las Corporaciones y Alianzas Tecnológicas se les subvencionarán las acciones orientadas a mejorar los resultados y capacidades de sus Centros Tecnológicos, esto es, proyectos de investigación fundamental y especial interés, liderados por las Corporaciones y Alianzas Tecnológicas y realizados en cooperación entre varios de sus Centros Tecnológicos, orientados a mejorar los resultados y capacidades de los mismos y focalizados en adquirir nuevos conocimientos con perspectivas de futuro en áreas de interés estratégico alineadas con las políticas científico-tecnológicas del Gobierno Vasco, y acciones que impulsen proyectos internacionales de interés estratégico para las Instituciones del País Vasco y las Corporaciones y Alianzas Tecnológicas.

Requisitos:

a) Que se hallen acreditados como integrantes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación con anterioridad a la publicación en el BOPV de la resolución anual de la convocatoria de ayudas.

b) Que se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

c) Que no se encuentren sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o se halle incursa en alguna prohibición legal que la inhabilite para ello.

Documentos asociados

Boletín: 16/10/2008
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Boletín: 17/10/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 199
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