Ayudas públicas al sector pesquero del Principado de Asturias dirigidas a la paralización definitiva de actividades pesqueras y compensaciones socioeconómicas para apoyar la gestión de la flota, para el ejercicio 2010.
Código de ayuda:
S18937/10Norma:
Resolucion de 5 de marzo de 2010. Resolución de 15 de diciembre de 2009. Resolución de 10 de febrero de 2010. Reglamento (Ce) n.º 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/04/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria de concesión de las siguientes ayudas previstas en el reglamento (Ce) n.º 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio, relativo al Fondo europeo de Pesca (en adelante FeP) dirigidasa la financiación de las líneas de actuación correspondientes al llamado Eje Prioritario I (“Medidas de
adaptación de la flota pesquera comunitaria”).
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
La persona física o jurídica, comunidad de bienes o cualquier otro tipo de agrupación de aquéllas, destinataria de los fondos públicos que haya de realizar la actividad o proyecto que fundamentó su otorgamiento o que se encuentra en la situación que legitima su concesión, que cumpla los requisitosestablecidos en el artículo 3 de la Resolución de 15 de diciembre de 2009, de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas públicas al sector pesquero del Principado de Asturias dirigidas a la adaptación de la flota pesquera, modificada parcialmente por la Resolución de 10 de febrero de 2010, de la Consejería de Medio Rural y Pesca.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Paralización definitiva de actividades pesqueras: El objeto de la presente línea de ayuda es el ajuste de las unidades de flota al estado actual de las pesquerías fomentando la retirada selectiva de la actividadpesquera de buques de eslora total igual o inferior a 14 metros.
2. Compensaciones socioeconómicas para apoyar la gestión de la flota: Las presentes ayudas se dirigen a los pescadores afectados por los cambios producidos en la pesca, y están vinculadas a las medidas de reestructuración del sector pesquero, como consecuencia de la aplicación de la Política Pesquera Común a
la flota del Principado de Asturias. En concreto, es objeto de la presente convocatoria la medida por compensación no renovable a pescadores por paralización definitiva.
Requisitos:
1)Requisitos del buque:a)Que el buque se encuentre en situación de alta en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.
b)Estar en posesión de una licencia de pesca para la modalidad correspondiente a la parada temporal.
c)Haber ejercido la actividad pesquera en la modalidad correspondiente durante un mínimo de 120 días en los 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la parada, excepto para la flota que despache únicamente para la costera de la angula cuyo mínimo se determinará en la convocatoria de ayudas.
En el caso de trasmisión o baja de un buque para la adquisición de otro por el mismo propietario, podrán acumularse a estos efectos los días de despacho de ambas embarcaciones.
2)Requisitos de los tripulantes:
a)Figurar enrolados a bordo de alguno de los buques pesqueros afectados por la paralización temporal.
b)Acreditar un período de cotización al Régimen de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar de, al menos, seis meses a lo largo de su vida laboral.
c)Encontrase en situación de alta en la Seguridad Social y mantener ininterrumpida la relación laboral con la empresa armadora de la embarcación en la que se encontraban enrolados en el momento de sobrevenir la inmovilización de la flota durante la parada.
Documentos asociados
Boletín:
15/08/2008
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº L223/1
Documento: reglamento (Ce) n.º 1198/2006 Descargar Documento
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº L223/1
Documento: reglamento (Ce) n.º 1198/2006 Descargar Documento
Boletín:
19/12/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 292
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 292
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
16/02/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 38
Documento: Modificación Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 38
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín:
26/03/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 71
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 71
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento