Ayudas públicas destinadas a financiar los proyectos estratégicos contemplados en la estrategia de investigación e innovación para la especialización inteligente-estrategia RIS3MUR.

Código de ayuda:

S44937/20

Norma:

Orden de 2 de junio de 2016. Orden 22 de agosto de 2020. Orden de 14 de diciembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 600.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas públicas en régimen de concurrencia competitiva para la financiación de proyectos estratégicos de desarrollo experimental.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Empleo, Universidades y Empresa (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El crédito máximo destinado a financiar estas ayudas en forma de subvención asciende a 3.350.000 euros, que se imputarán a los ejercicios 2020 y 2021.

El presupuesto subvencionable máximo por proyecto será de 600.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las agrupaciones voluntarias de al menos cinco agentes del Sistema Regional de Ciencia, Tecnología y Empresa (SRCTE) de los que, al menos dos de ellos, sean empresas o su s asociaciones y que tengan como objeto social o fundacional el desarrollo de actividades en al menos uno de los ámbitos de liderazgo, de potencialidad o de actividades tractoras contenido en la Estrategia RIS3Mur; y que ejecuten gasto subvencionable en el marco de un Proyecto Estratégico RIS3mur.

Requisitos:

* Estar constituidas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden y poseer personalidad jurídica propia.

* No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las mismas estén garantizadas o se hubiere acordado la suspensión del procedimiento ejecutivo.

* Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

* Estar al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

* No estar incursos en algunas de las circunstancias previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

* Adicionalmente a los anteriores requisitos, las empresas sólo podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas que no reúnan las condiciones de empresa en crisis según se definen en el artículo 2 apartado 18 del Reglamento nº 651/2014, o aquellas empresas sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e
incompatible con el mercado común.

Documentos asociados

Boletín: 27/06/2016
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 147
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 22/08/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 194
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 22/08/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 194
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 17/12/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 291
Documento: Redistribución de los créditos Descargar Documento