Ayudas publicas, destinadas a la participacion en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres con hijos exclusivamente a su cargo - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S47455/08

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/06/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas públicas, de las previstas en la Disposición adicional quinta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, consistentes en una estancia de diez días (nueve noches) para 58 personas, en un hotel de la localidad de Torremolinos, en régimen de pensión completa, desde el día 1 al 10 de julio de 2009, proporcionando, a las beneficiarias y beneficiarios de las mismas, además de unas vacaciones gratuítas, la posibilidad de participar en actividades que les permitan el desarrollo de sus habilidades sociales y, por consiguiente, aumentar su autoestima, para lo que la Ciudad Autónoma de Melilla concertará la prestación de los correspondientes servicios.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Melilla

Convoca:

Consejería de Educación y Colectivos Sociales (Melilla)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda, por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla, consistirá en el importe al que ascienda la prestación de los siguientes servicios: alojamiento, manutención, acompañamiento de dos monitoras, seguro de viajes y fiesta de despedida, para las personas beneficiarias que participan en el Programa, durante un periodo de diez días, de cuyo pago se hará cargo directamente la Consejería de
Educación y Colectivos Sociales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las mujeres que tengan hijas y/o hijos, exclusivamente a su cargo.


Requisitos:

Las mujeres que soliciten esta ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos:

- Tener hijas y/o hijos, exclusivamente a su cargo.

- Estar domiciliadas legalmente en la Ciudad Autónoma de Melilla.

- Que la renta del conjunto de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la compongan,
no supere el salario mínimo interprofesionalo (SMI).

- No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.

Documentos asociados

Boletín: 06/06/2008
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4510
Documento: Convocatoria 2008 y Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 05/06/2009
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4614
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento