Ayudas públicas, destinadas a la participación, en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres con hijos, exclusivamente a su cargo, residentes en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Comunitat Valenciana y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Código de ayuda:
S15691/06Norma:
ORDEN TAS/1610/2006, de 17 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/06/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden establece las bases reguladoras de la concesión de las ayudas públicas y la convocatoria de las mismas, en régimen de concurrencia competitiva, consistentes en la ocupación de 2.114 plazas, para participar en el Programa de Estancias de Tiempo Libre para mujeres con hijas y/o hijos, exclusivamente a su cargo, en el año 2006.Categorías Subvención
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la ayuda, por parte del Instituto de la Mujer, consistirá en hacerse cargo del pago directo, a la empresa adjudicataria del concurso, del importe al que ascienda la prestación de los siguientes servicios: alojamiento, manutención, seguro de viajes y fiesta de despedida, para cada una de las personas beneficiarias de las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla que participan en el Programa, durante un periodo de diez días.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las mujeres que reúnan los siguientes requisitos:- Tener hijas y/o hijos, exclusivamente a su cargo.
- Estar domiciliadas en alguna de las siguientes Comunidades Autónomas: Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia y Comunidad Valenciana; y las Ciudades de Ceuta y Melilla.
- Que la renta del conjunto de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la compongan, no supere el salario mínimo interprofesional (SMI).
- No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.
También podrán ser beneficiarias y/o beneficiarios de las ayudas las hijas y/o hijos de las mujeres, que hayan sido seleccionadas, siempre que éstas y/o éstos reúnan los siguientes requisitos:
- Que se encuentren en edades comprendidas entre los dos y doce años,
ambos inclusive.
Excepcionalmente, las hijas y/o hijos acompañantes podrán superar la edad de doce años establecida, previa valoración positiva de la Comunidad Autónoma y Ciudad correspondiente.
- Que no padezcan enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La ayuda consistirá en distribuir 2.114 plazas hoteleras entre las mujeres y las hijas y/o hijos que les acompañen.Las plazas corresponderán a establecimientos situados en distintas localidades de la costa española y serán contratadas por el Instituto de la Mujer a una Agencia de Viajes, mediante concurso público.
Documentos asociados
Boletín:
26/05/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 125
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 125
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento