Ayudas publicas destinadas a la puesta a disposicion de Pymes y autonomos de un plan de sensibilizacion y apoyo autorizado a la empresa, para la integracion de la cultura de la innovacion en sus estrategias de actuacion.- Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S61873/10Norma:
ANUNCIO de 4 de noviembre de 2010.Plazo de Solicitud:
Hasta el 13 de diciembre de 2010.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promover la participación de las Pymes de la Comunidad Autónoma de Aragón en el Programa InnoCámaras, mediante la puesta a disposición de un plan de sensibilización y apoyo tutorizado a la empresa, para la integración de la cultura de innovación en sus estrategias de actuación, con el objetivo principal de contribuir a la mejora de la competitividad.Categorías Subvención
Creación nuevas empresas
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Cámaras de Comercio e Industria de Aragón (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Fase I: Diagnóstico Individualizado. El importe total financiable de los servicios asciende a la cantidad máxima de 1.200,00 € + IVA.El importe total elegible por el Programa InnoCámaras (cuantía de la ayuda) será del 100% del coste financiable.
Fase II: Plan de Apoyo a la Innovación. Las empresas podrán financiar con cargo al Programa InnoCámaras gastos de asesoría e inversiones asociados al desarrollo/ejecución del PAI hasta un importe de 6.000 euros (IVA no incluido) durante un periodo máximo de 4 a 6 meses desde la fecha de firma del convenio.
Esta cantidad podría aumentar hasta los 12.000 euros (IVA no incluido), a ejecutar en un plazo máximo de hasta 10 meses desde la fecha de firma del convenio, si la empresa aporta un informe de justificación del asesor – en el marco de la ejecución de su respectivo Plan de Apoyo a la Innovación – y es validado por el
Coordinador Cameral del Programa3. El importe total elegible por el Programa InnoCámaras (cuantía de la ayuda) será del 80% del coste financiable en que haya incurrido la empresa destinataria, siendo por tanto, la cuantía máxima por empresa de 4.800,00 € (9.600,00 € en caso de ampliación de coste financiable).
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las Pymes (incluyendo microempresas y autónomos), según la definición recogida en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6.5.03 (DOCE L 124 de 20.5.03) que tengan su domicilio social y/o centro productivo en el ámbito de demarcación del Consejo Aragonés de Cámaras de Comercio e Industria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos incurridos por las Pymes durante el desarrollo de los “Planes Individuales de Apoyo a laInnovación”, estando referidos a los siguientes conceptos generales:
Fase I: Diagnóstico Individualizado.
A) Gastos de los servicios de asesoría proporcionados por el Tutor.
Fase II: Plan de Apoyo a la Innovación.
B) Gastos de los servicios de asesoría y consultoría proporcionados por el Asesor para la elaboración y
desarrollo del Plan.
C) Inversiones y/o gastos asociados al desarrollo y ejecución del Plan elaborado por el Asesor, cuya
tipología se detalla en el Anexo I.
Requisitos:
Las condiciones imprescindibles para optar al programa de ayudas son:- Ser una Pyme, de acuerdo a la definición vigente (actualmente Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6.5.03 (DOCE L 124 de 20.5.03)
- Estar dada de alta en la sección 1 del Censo IAE: actividades empresariales, industriales, comerciales y de servicios.
- No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Tener el domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación del Consejo Aragonés de Cámaras de Comercio e Industria.
En el caso de que una empresa posea varios establecimientos permanentes (sedes, centros productivos, delegaciones, sucursales, etc.) el centro destinatario y directamente beneficiario del Programa ha
de estar ubicado en alguno de los municipios anteriormente citados.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Cumplir la norma de minimis (Reglamento CE Nº 1998/2006 de la Comisión de 15 de Diciembre de 2006), lo que se acreditará mediante declaración jurada.
- Poseer potencial y vocación innovadores y estar dispuesta a cumplir las condiciones del Programa InnoCámaras.
Documentos asociados
Boletín:
17/11/2010
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 00
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 00
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento