Ayudas publicas para la Contratacion Indefinida, Eje 1, Tema 63 al amparo del P. O. del FSE periodo 2007- 2013, para el ejercicio 2011.
Código de ayuda:
S05773/11Norma:
Ceuta, a 31 de enero de 2011.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de marzo de 2011. (Ver plazos siguientes)Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las condiciones que han de regir el fomento de la ayudas y subvenciones públicas relativas a potenciar el empleo estable en el marco del Programa Operativo Fondo social europeo para Ceuta 2007-2013, Eje 1, medida 1.4, tema prioritario 63.Categorías Subvención
Empleo
Recursos Humanos
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Ceuta)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Subvención de 4.500.- € por cada puesto de trabajo creado con carácter indefinido y a jornada completa. Dicha subvención podrá verse prorrateada en función a la jornada laboral.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Tendrán la condición de beneficiario, los que cumplan además de los requisitos establecidos en lasBases reguladoras generales, las condiciones específicas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Medida 1.4, tema prioritario 63: Actuaciones SubvencionablesSe consideran proyectos y actuaciones subvencionables, la contratación, con carácter indefinido, a jornada completa o parcial, siempre que suponga un incremento de la plantilla neta estable de la entidad
contratante.
Requisitos:
Las personas que hayan de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentren enla situación que legitime su concesión. En virtud de lo establecido en el artículo 1 del Reglamento (CE) 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de mínimis, se excluyen de la presente convocatoria de ayudas los siguientes sectores:
- Producción primaria de productos agrícolas, pesca y acuicultura.
- A la exportación
- A las ayudas a determinados productos nacionales en detrimento de los importados.
- A la creación de ayudas destinadas a fi nanciar la creación y funcionamiento de una red de distribución
en otros países.
- A empresas en crisis, que ya disponen de ayudas estatales concretas.
- Al sector del carbon.
- A la adquisición de vehículos de transportes de mercancías por carreteras.
Documentos asociados
Boletín:
04/02/2011
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5023
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5023
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento