Ayudas publicas para la Transformacion de la Contratacion Temporal en Indefinida, Eje 1, Tema 63 al amparo del P. O. del FSE periodo 2007- 2013, para el ejercicio 2011.- Modificación.
Código de ayuda:
S05746/11Norma:
Ceuta, a 31 de enero de 2011. Ceuta, a 13 de diciembre de 2011.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de marzo de 2011 (Ver plazos siguientes).Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las condiciones que han de regir el fomento de la ayudas y subvenciones públicas relativas apotenciar el empleo estable en el marco del Programa Operativo Fondo social europeo para Ceuta 2007-2013, Eje 1, medida 1.4, tema prioritario 63, ayudas a la transformación de contratos temporales en indefinidos.
Categorías Subvención
- Empleo
- Recursos Humanos
Localización del organismo gestor
Ceuta
Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Ceuta)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Subvención de 2.500.- € por cada puesto de trabajo creado con carácter indefinido y a jornada completa. Dicha subvención podrá verse prorrateada en función a la jornada laboral.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los que cumplan además de los requisitos establecidos en las Bases reguladoras generales, las condicionesespecíficas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Medida 1.4, tema prioritario 63: Actuaciones SubvencionablesSe consideran proyectos y actuaciones subvencionables, la transformación de un contrato temporal, de duración determinada, formativo, o de relevo o sustitución por anticipación de la edad de jubilación, en indefinido , a jornada completa o parcial, siempre y cuando el contrato transformado no sea superior a doce meses, aumentándose a veinticuatro meses en los casos en los que el trabajador a transformar en indefinido proceda de un Itinerario de Inserción Laboral del vigente Programa Operartivo.
Requisitos:
Las personas que hayan de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentren enla situación que legitime su concesión. En virtud de lo establecido en el artículo 1 del Reglamento (CE) 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de mínimis, se excluyen de la presente convocatoria de ayudas los siguientes sectores:
- Producción primaria de productos agrícolas, pesca y acuicultura.
- A la exportación
- A las ayudas a determinados productos nacionales en detrimento de los importados.
- A la creación de ayudas destinadas a financiar la creación y funcionamiento de una red de distribución
en otros países.
- A empresas en crisis, que ya disponen de ayudas estatales concretas.
- Al sector del carbon.
- A la adquisición de vehículos de transportes de mercancías por carreteras.
Documentos asociados
Boletín:
04/02/2011
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5023
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5023
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
20/12/2011
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5114
Documento: Modificación Descargar Documento
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5114
Documento: Modificación Descargar Documento