Ayudas públicas para las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Código de ayuda:
S27464/21Norma:
Orden CIN/538/2021, de 29 de mayo. Orden de 13 de mayo de 2022.Plazo de Solicitud:
Hasta el 2 de junio de 2022 a las 14:00 horas.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de ayudas públicas en 2022 para la ejecución de inversiones incluidas en los Planes Estratégicos de las Infraestructuras Científicas y Técnica Singulares (ICTS) que hayan sido declaradas de prioridad alta por el Comité Asesor de Infraestructuras Singulares (CAIS) en el marco de la actualización del Mapa de ICTS 2017-2020, que se adjunta como anexo.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
- Organismos / Entidades Públicas
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.b) Las universidades públicas y sus institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
Las entidades beneficiarias, con independencia de su naturaleza jurídica, deberán formar parte del sector público institucional y estar inscritas en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el título II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Adicionalmente, las entidades beneficiarias deberán ajustarse a la definición de organismo de investigación establecida en la sección 1.3.ee) de la Comunicación de la Comisión sobre el Marco de
Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2014/C 198/01).
No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria aquellas en que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Las entidades beneficiarias deben ser titulares o gestoras de infraestructuras que formen parte de las ICTS incluidas en el Mapa de ICTS vigente, en cualquiera de sus tipologías.
Documentos asociados
Boletín:
01/06/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 130
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria y Anexos 2021 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 130
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria y Anexos 2021 Descargar Documento
Boletín:
04/06/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 133
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 133
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
19/05/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 119
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 119
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
19/05/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 119
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
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