Ayudas que definen las modalidades y las condiciones de las intervenciones estructurales en el sector de la pesca, se convocan las correspondientes al año 2008.

Código de ayuda:

S51882/08

Norma:

ORDEN AAR/347/2008, de 14 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/08/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas a la modernización de embarcaciones de pesca, a las primas individuales a favor de personas jóvenes pescadoras dentro de las medidas socioeconómicas, y a la mejora de la transformación y comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura, que se publican en el anexo 1 de esta Orden.

Convocar las ayudas correspondientes al año 2008, de acuerdo con las bases reguladoras que se aprueban en el artículo 1 de esta Orden.

1.- Primas individuales a favor de jóvenes pescadores:
La modernización de la embarcación deberá haber finalizado con posterioridad a la fecha de la certificación de no inicio de obras, y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2008.

2.- Modernización de barcos de pesca:
La actividad deberá haberse llevado a cabo con posterioridad a la fecha de certificación de no inicio de obras y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2008.

3.- Transformación y comercialización de productos de la pesca:
Las actividades objeto de ayuda deberán haberse finalizado con posterioridad a la fecha de certificación de no inicio de obras y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2008.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Según línea de ayudas, consultar capítulos 2, 3 y 4.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1.- Modernización y reconversión de embarcaciones de pesca:

Podrán ser beneficiarias de esta línea de ayuda las personas titulares de embarcaciones de pesca con base en un puerto de Cataluña, y que cumplan los requisitos siguientes:

a) Que los barcos pesqueros objeto de modernización sean barcos de la lista tercera del Registro de matrícula de barcos, y estén dados de alta en el Censo de flota pesquera operativa o embarcaciones auxiliares de cerco de la lista cuarta.
b) Que estos barcos tengan una eslora:
b.1) Igual o superior a 5 metros (total).
b.2) Igual o superior a 9 metros (entre perpendiculares) para los incluidos en las modalidades de cerco y palangre de fondo.
b.3) Igual o superior a 12 metros (entre perpendiculares) para los barcos autorizados a practicar el arrastre.
c) Los barcos deberán disponer de la autorización de modernización correspondiente, si procede, otorgada de acuerdo con lo que dispone la normativa vigente.

2.- Primas individuales a favor de jóvenes pescadores, dentro de las medidas de carácter socioeconómico:

Podrán ser personas beneficiarias de las primas individuales los/las pescadores/as de edad inferior a treinta y cinco años que adquieran por primera vez una embarcación de pesca en propiedad total o parcial y que cumplan las condiciones siguientes:
a) T ener menos de treinta y cinco años.
b) Haber estado enrolado en embarcaciones de pesca y haber ejercido la profesión durante un período de cinco años, como mínimo, o que puedan acreditar una formación profesional equivalente.
c) No ser propietario de ninguna otra embarcación.
d) La transferencia de propiedad no tendrá lugar dentro de la misma familia hasta el segundo grado de consanguinidad.
e) El fuselaje de pesca deberá tener una eslora entre perpendiculares comprendida entre 7 y 24 metros. En el momento de la adquisición de la propiedad, deberá tener una antigüedad comprendida entre diez y veinte años. Deberá figurar inscrito en el Censo de la flota pesquera operativa y ser operativo.
f) La persona beneficiaria pasará a ser propietaria como mínimo del 50% de la embarcación.
g) Estar dado de alta en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar.
h) Estar enrolado y de alta, o en alguna de las situaciones asimiladas al alta, en una embarcación de la lista tercera con puerto base en Cataluña.
La prima será devuelta pro rata temporis en caso de transferencia de la propiedad adquirida por la persona beneficiaria o que la embarcación se vea sujeta a retirada definitiva por ser persona beneficiaria de una ayuda por paralización definitiva, en un plazo inferior a cinco años a partir del cobro de la prima.

3.- Mejora de la transformación y comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura:

Pueden ser personas beneficiarias de la ayuda los titulares del establecimiento de transformación o comercialización ubicados o que deban ubicarse en Cataluña.

Para poder acogerse a estas ayudas deberán reunirse los requisitos siguientes:
a) Disponer de los informes preceptivos de salud pública y de medio ambiente.
El órgano instructor de la ayuda determinará, en función del tipo de actuación, la necesidad de estos informes y, si procede, los requerirá directamente del órgano competente para emitirlos.
b) Las actuaciones no se iniciarán antes de que una persona al servicio del DAR lleve a cabo la visita de no inicio de obra. Sólo en caso de urgencia debidamente justificada, que deberá ser alegada por escrito por la persona solicitante y valorada por el órgano instructor, podrán subvencionarse actuaciones iniciadas antes de la visita de no inicio de actuaciones y siempre con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
c) La instalación objeto de ayuda deberá estar ubicada dentro del territorio de Cataluña.
d) Deberán tenerse todas las autorizaciones necesarias para realizar la actuación.
e) Deben ofrecerse garantías de viabilidad técnica y económica suficiente.
f) Debe contribuirse a un efecto económico duradero de la mejora estructural prevista.
g) Deben evitarse efectos perjudiciales, en particular el peligro de creación de capacidades de producción excedentes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Ayudas objeto de financiación:

Grupo 1: primas individuales a favor de jóvenes pescadores (consultar capítulo 3).
Grupo 2: modernización de barcos de pesca (consultar capítulo 2).
Grupo 3: transformación y comercialización de productos de la pesca (consultar capítulo 4).




Documentos asociados

Boletín: 17/07/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5175
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento