Ayudas reguladas en el Real Decreto 104/2008, de 1 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesion de las subvenciones a las agrupaciones de productores en los sectores ovino y caprino, en la Comunidad de Madrid.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S64528/10

Norma:

ORDEN 4087/2010, de 19 de noviembre. REAL DECRETO 104/2008, de 1 de febrero. Orden ARM/1432/2011, de 25 de mayo. ORDEN 94/2012, de 31 de enero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 30 de abril de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria del año 2012 para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de las ayudas para fomentar la reforma y adecuación integral de los sectores ovino y caprino a través de agrupaciones de productores, ayudas reguladas en el Real Decreto 104/2008, de 1 de febrero, por el que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a las agrupaciones de productores en los sectores ovino y caprino.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subvenciones, en ningún caso, podrá superar, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o Entes Públicos o privados, nacionales o internacionales, destinadas al mismo fin, el 100 por cien del valor o coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

1. Los beneficiarios de las subvenciones serán las agrupaciones de productores en el sector ovino y caprino
(Agrupaciones), que cumplan los requisitos establecidos en el real decreto.

Estas Agrupaciones estarán compuestas por productores en actividad de los sectores ovino y caprino, ubicados en una o varias comunidades autónomas que representen, en conjunto, un censo adecuado al objeto de su actividad cuyo valor mínimo se contempla en el anexo I.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Constitución y desarrollo de la estructura común de gestión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 del Reglamento (CE) n.º 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006.
Será una subvención pagadera, para las agrupaciones de nueva creación, por una sola vez y por nticipado en el ejercicio que corresponda a la solicitud inicial, de una cuantía máxima de 50.000 euros, sin que esta cuantía supere un límite individual de 300 euros por miembro de la agrupación.
Se considerarán como agrupaciones de nueva creación aquellas que, en el momento de su constitución
agrupen, como mínimo, a un 50 por ciento de titulares de explotación que no hayan pertenecido en los dos últimos años a ninguna de las figuras asociativas mencionadas en el artículo 3.

b) Inversión en explotaciones agrarias integradas en la Agrupación, de acuerdo con lo señalado en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.º 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, así como en la cláusula 28 de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal 2007-2013 (2006/C 319/01). Se considerarán como inversiones: la construcción, adquisición y mejora de inmuebles, la maquinaria, el equipo y costes generales relacionados.
Será una subvención pagadera en una sola vez, en el ejercicio que corresponda.

c) Dotación de servicios y actividades de formación que se encuadren entre los costes señalados en el
artículo 15.2 del Reglamento (CE) n.º 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, con derecho a subvención hasta el límite del 50 por ciento de los costes indicados en dicho precepto.
Estarán condicionadas a la puesta en marcha de servicios descritos en el anexo II.

d) Adaptación funcional para implantación de programas de mejora de la calidad, con vistas a la puesta enmarcha de sistemas de etiquetado facultativo y de certificación, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.º 1857/2006, de la Comisión de 15 de diciembre.
Estas mejoras estarán orientadas a cumplir los requisitos del artículo 14 del citado Reglamento y condicionadas a la puesta en marcha de alguna de las actividades de mejora de la calidad previstas en el anexo III. Para beneficiarse de la ayuda, deberá comercializarse bajo el programa de producción de calidad la producción de al menos un 25 por ciento de los animales de las explotaciones integrantes.

e) Constitución de agrupaciones inversiones y dotaciones de servicios y formación en zonas con dificultades
específicas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4, 9, 14 y 15 del Reglamento (CE) n.º 857/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre. Estarán condicionadas a la puesta en marcha de actividades detalladas en el anexo IV.

Requisitos:

a) Disponer de, al menos, un centro de tipificación y/o comercialización en común. Este requisito no será obligatorio si la actividad subvencionable es exclusivamente la indicada en la letra a) del apartado 1 del artículo 5. En el caso de que la actividad subvencionable estuviera incluida en la letra b) del apartado 1 del artículo 5 se entenderá que será obligatorio en la fecha de justificación del artículo 11.

b) Disponer de una sede social con capacidad suficiente para alojar los distintos servicios de gestión.

c) Cumplir los requisitos del anexo I del Reglamento (CE) n° 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero
de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas.

d) Agrupar al menos 2 productores en actividad en los sectores ovino y caprino.

Documentos asociados

Boletín: 02/02/2008
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 29
Documento: Real Decreto 104/2008 (Bases). Descargar Documento
Boletín: 03/12/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 289
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 31/05/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 129
Documento: Ampliación plazo presentación. Descargar Documento
Boletín: 23/02/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 46
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento