Ayudas reguladas en el Real Decreto 1312/2005, de 4 de noviembre, por el que se establece el Programa nacional de seleccion genetica para la resistencia genetica a las encefalopatias espongiformes transmisibles en ovino.
Código de ayuda:
S62073/10Norma:
Orden de 9 de noviembre de 2010. Real Decreto 1312/2005, de 4 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/12/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se convoca para el año 2011 la concesión de las ayudas reguladas en el Real Decreto 1312/2005, de 4 de noviembre, por el que se establece el Programa nacional de selección genética para la resistencia a las encefalopatías espongiformes transmisibles en ovino, y la normativa básica de las subvenciones para su desarrollo.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima será el 50 por ciento del coste de aplicación del programa de selección genética y, en todo caso, no superará las siguientes cantidades anuales:- 1.ª 21.000 euros para las organizaciones de criadores que gestionen razas catalogadas como de protección especial en el Catálogo oficial de razas de ganado de España, establecido por el Real Decreto 1682/1997, de 7 de noviembre.
- 2.ª 30.000 euros para las organizaciones de criadores que gestionen otras razas incluidas en el Catálogo
oficial de razas de ganado de España, establecido por Real Decreto 1682/1997, de 7 de noviembre.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones de criadores que cumplan, como mínimo, los siguientes requisitos:a) Que dispongan del reconocimiento oficial de la autoridad competente para la gestión del libro genealógico correspondiente, en virtud del Real Decreto 286/1991, de 8 de marzo, sobre selección y reproducción de ganado ovino y caprino de razas puras.
b) Que dispongan de un programa de conservación o de mejora aprobado por la autoridad competente.
c) Que dispongan de un programa de selección genética aprobado o presentado para su aprobación por
la autoridad competente, de acuerdo con lo establecido en el capítulo II.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.º Tendrán prioridad las organizaciones de criadores oficialmente reconocidas que gestionen razas autóctonas españolas sobre otras organizaciones.2.º De entre las anteriores, tendrán prioridad las organizaciones con mayor censo de reproductores participantes en el correspondiente programa de selección genética.
Documentos asociados
Boletín:
21/11/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 278
Documento: REAL DECRETO 1312/2005. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 278
Documento: REAL DECRETO 1312/2005. Descargar Documento
Boletín:
18/11/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 225
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 225
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento