Ayudas reguladas en la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 19 de febrero de 1993 sobre medidas de estímulo y apoyo para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios.
Código de ayuda:
S15319/06Norma:
Orden de 10 de mayo de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/09/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Desarrollar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Orden de 19 de febrero de 1993 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre medidas de estímulo y apoyo para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Agricultura y Agua (Región de Murcia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las Sociedades Cooperativas y sus Agrupaciones o Uniones y las Sociedades Agrarias de Transformación. Las Agrupaciones de tratamiento integrado en agricultura y las Agrupaciones de defensa sanitaria, solamente para maquinaria y equipos propios de sus actividades específicas.Otras agrupaciones agrarias con personalidad jurídica propia y las agrupaciones sin personalidad jurídica propia basadas en un pacto contractual, reconocido por el órgano de la Administración que gestiona la ayuda y suscrito por un mínimo de siete titulares de explotaciones agrarias, aunque excepcionalmente y en casos concretos, debidamente justificados por las características del equipo a subvencionar, podrá reducirse hasta cuatro.
Las Empresas de servicios, legalmente constituidas, dedicadas a la realización de trabajos en las explotaciones agrarias. Estas Empresas deberán comprometerse a que, al menos durante los cinco primeros años, van a dedicar como mínimo un 75 % de sus horas anuales de funcionamiento en explotaciones ajenas a los titulares de la Sociedad.
Documentos asociados
Boletín:
22/05/2006
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 116
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 116
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento