Ayudas relativas a las intervenciones de desarrollo rural medioambientales y climáticas, contenidas en el plan estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027 y cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Código de ayuda:
S11573/23Norma:
ORDEN AGR/227/2023, de 20 de febrero. Orden de 31 de marzo de 2023. Orden de 28 de abril de 2023. Orden de 16 de mayo de 2023.Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de junio de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente orden tiene por objeto regular en la Comunidad de Castilla y León las bases de las ayudas relativas a las siguientes intervenciones de desarrollo rural contenidas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el período 2023-2027 correspondientes a los siguientes compromisos:a) Compromisos agroambientales en superficies agrarias:
Compromisos de cultivos sostenibles:
– Cultivos agroindustriales sostenibles.
Compromisos de fomento y gestión sostenible de pastos:
– Aprovechamiento forrajero extensivo mediante pastoreo con ganado ovino o caprino.
– Gestión sostenible de superficies forrajeras pastables y apoyo a los sistemas tradicionales de pastoreo trashumante.
Apicultura para la biodiversidad:
– Apicultura para la mejora de la biodiversidad.
Protección de la avifauna:
– Agroecosistemas extensivos de secano.
Mantenimiento o mejora de hábitats y de actividades agrarias tradicionales que preserven la biodiversidad:
– Introducción de cultivos minoritarios.
– Cultivos permanentes en paisajes singulares.
Prácticas para la mejora del suelo y lucha contra la erosión:
– Abonado orgánico.
b) Compromisos de gestión agroambientales en agricultura ecológica:
– Agricultura ecológica.
c) Compromisos de conservación de recursos genéticos:
– Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Desarrollo Rural
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
Detalle beneficiarios:
1. Las personas beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden deberán ser titulares de explotaciones agrarias ubicadas en territorio de la Comunidad de Castilla y León y debidamente inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de acuerdo con la Ley 1/2014, de 19 de marzo.2. Para poder acogerse a cualquiera de las intervenciones medioambientales y climáticas reguladas en la presente orden, formalizar el correspondiente contrato y ser beneficiarios de las ayudas, las personas titulares de explotaciones agrarias deberán cumplir los siguientes requisitos de carácter horizontal:
a) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
En particular deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.
b) Si la persona solicitante tiene la consideración de empresa de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 75/2008 de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la administración de la Comunidad de Castilla y León, deberá acreditar el cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma, o en su caso, la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril,por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad.
La acreditación y justificación de este requisito se realizará de conformidad con lo establecido en
el artículo 6 del Decreto 75/2008, en la correspondiente convocatoria y en el acto de concesión de la ayuda.
3. Asimismo se deberán cumplir los requisitos específicos que se establezcan en la convocatoria a la que se refiere el apartado 1 del artículo 7 de esta orden, los cuales estarán relacionados con los criterios de subvencionabilidad que se detallan más adelante para cada intervención medioambiental y climática.
4. Las personas beneficiarias de las intervenciones reguladas por la presente orden proporcionarán la información necesaria a la Autoridad regional de gestión de Castilla y León o a otros organismos en que dicha autoridad haya delegado la realización de tareas, para poder realizar el seguimiento y la evaluación del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el período 2023-2027.
Documentos asociados
Boletín:
27/02/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 39
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
04/04/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 65
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
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