Ayudas sociales de caracter extraordinario a favor de las personas perceptoras de las pensiones del Fondo de Asistencia Social y de las beneficiarias del Subsidio de Garantia de Ingresos Minimos.
Código de ayuda:
S44791/12Norma:
Decreto 534/2012, de 18 de diciembre.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El establecimiento de ayudas sociales complementarias a favor de las personas que perciben ayudas periódicas individualizadas concedidas con cargo al Fondo de Asistencia Social, y a las beneficiarias del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos.Categorías Subvención
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Salud y Consumo (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía individual de estas ayudas se fija en 1.097,16 euros anuales, y se abonará en cuatro pagas a lo largo del año, que se harán efectivas en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de 2013.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos.Requisitos:
a) Ser perceptora de una pensión asistencial reconocida en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 2620/1981, de 24 de julio, por el que se regula la concesión de ayudas del Fondo de Asistencia Social a ancianos y a enfermos o inválidos incapacitados para el trabajo, o tener reconocido el Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, y tener esta condición al menos durante los tres meses inmediatamente anteriores a las fechas establecidas en el artículo 3 para el pago de dichas pensiones asistenciales.b) Tener la vecindad administrativa en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Documentos asociados
Boletín:
20/12/2012
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 248
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 248
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