Ayudas sociales de caracter extraordinario a favor de pensionistas por jubilacion e invalidez en sus modalidades no contributivas. - Vigencia para el año 2009.
Código de ayuda:
S76564/08Norma:
Decreto 526/2008, de 16 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Pago único.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecimiento de ayudas sociales extraordinarias a favor de las personas beneficiarias de pensiones de jubilación e invalidez en sus modalidades no contributivas.Estas ayudas sociales, personales e intransferibles, tienen carácter extraordinario, como consecuencia de quedar limitada su vigencia al año 2009, sin que se consoliden para el futuro.
Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería para la Igualdad y Bienestar Social (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía individual de estas ayudas se fija en 102,96 euros, que se abonará mediante un pago único.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Serán personas beneficiarias de estas ayudas sociales de carácter extraordinario aquellas en las que concurran los siguientes requisitos:a) Ser perceptora de pensión de jubilación o invalidez en sus modalidades no contributivas y tener esta condición a 31 de diciembre de 2008.
b) Tener la residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Documentos asociados
Boletín:
23/12/2008
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 254
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 254
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento