Ayudas sociales de matrícula de estudios universitarios destinadas al personal de la Universidad de Oviedo.- Convocatoria 2020.
Código de ayuda:
S21764/18Norma:
Resolución de 30 de abril de 2018. Resolución de 25 de mayo de 2018. Resolución de 23 de mayo de 2019. Resolución de 11 de junio de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 22 de julio de 2020.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 4.500 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente convocatoria tiene por objeto compensar los gastos de la matrícula de estudios universitarios, en el curso académico 2019/2019, al personal de la Universidad de Oviedo.Categorías Subvención
- Becas
- Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Universidad de Oviedo (Principado de Asturias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Los que cumplan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Modalidad A) Personal funcionario de Administración y Servicios.Modalidad B) Personal laboral de Administración y Servicios.
Modalidad C) Personal Docente e Investigador.
Requisitos:
1. Podrán optar como titulares de las ayudas sociales de matrícula, el personal funcionario de carrera, funcionario interino, personal laboral fijo, indefinido no fijo o personal contratado temporal con una antigüedad o una relación laboral de duración igual o superior a seis meses durante el curso académico al que se refiera la convocatoria, y que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes se encuentren en servicio activo y perciban sus haberes con cargo al Capítulo I de los Presupuestos de la Universidad de Oviedo. También podrá ser titular de la ayuda social el personal que se encuentre en situación de excedencia voluntaria por cuidado de hijos o familiares dependientes. Se excluye, el personal vinculado mediante contrato temporal de obra o servicio.2. Serán beneficiarios de las ayudas el personal titular referido en el apartado anterior, sus hijos, cónyuges o parejas de hecho.
3. En aquellos supuestos en los que ambos progenitores se encuentren incluidos entre el personal con derecho a solicitar estas ayudas sociales u otras subvenciones convocadas por la Universidad de Oviedo para el mismo fin, sólo uno de los progenitores podrá optar por realizar dicha solicitud para el mismo hijo.
4. Toda referencia a los hijos en estas bases se entenderá hecha a los que lo son por naturaleza, adopción o en régimen de tutela o acogimiento, tanto del titular de la ayuda como de su cónyuge o pareja estable.
Documentos asociados
Boletín:
07/05/2018
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 104
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
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Boletín:
01/06/2018
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 126
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
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Boletín:
06/06/2019
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 108
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
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Boletín:
01/07/2020
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 126
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
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