Ayudas y sistema de gestión del Plan de Consolidación y Competitividad de la PYME en 2001-2006.

Código de ayuda:

S00073/01

Norma:

Orden de 12 de septiembre de 2001.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/07/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de la convocatoria para el período 2001-2006, para el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, del régimen de ayudas del Plan de Consolidación y Competitividad de la PYME.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Calidad
  • Cooperación empresarial
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Subvenciones Directas a la Inversión
Cuantía máxima: el 50% de la Inversión Subvencionable, con un tope de 10.000 Euros para las Pymes.
El 100%, con un tope de 50.000 Euros para la parte genérica de los proyectos presentados por Organismos Intermedios.

- Subvenciones Directas de Servicios
Cuantía máxima: el 50% de la Inversión Subvencionable para las Pymes.
El 100% para la parte genérica de los proyectos presentados por Organismos Intermedios.
Excepcionalmente podrá superarse el tope del 50% en aquellos proyectos de Pymes que se acojan a un Régimen de Minimis y con un tope máximo de ayudas de 13.000 Euros.
A la parte específica de los proyectos presentados por los Organismos Intermedios, es decir, aquélla de la que se benefician Pymes determinadas, se le aplicarán las mismas cuantías que a los proyectos de las Pymes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los Organismos Intermedios y las pequeñas y medianas empresas.

Consultar Líneas de acción para ver Beneficiarios en cada actuación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las siguientes Líneas de actuación:
SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
Entendida como la mejora de los procesos de producción, comercialización, información y gestión de las empresas, incorporando las tecnologías de la información y de las comunicaciones así como la implantación y utilización de servicios telemáticos (comercio electrónico, teletrabajo, portales, etc.).
Los beneficiarios de este tipo de actuaciones serán exclusivamente los Organismos Intermedios.

INNOVACIÓN EN TÉCNICAS EMPRESARIALES
Entendida como el conjunto de actuaciones necesarias para el desarrollo de una cultura de la innovación a través de:
- Diseño
a) La mejora de productos y/o servicios nuevos o preexistentes. Se excluye el diseño de productos de ciclo corto (inferior a un año), con la excepción de aquéllos que suponen una línea nueva de actividad para la empresa.
La mejora de la comercialización, promoción y comunicación de productos y servicios; diseño de identidad corporativa; generación de marcas, envase y embalaje; diseño electrónico; diseño de espacios y elementos de comunicación.
b) La mejora de la gestión del diseño en la Pyme, análisis de situación, auditorías de diseño e incorporación de métodos de gestión del diseño más eficaces.
Los beneficiarios de este tipo de actuaciones serán, con carácter general, los Organismos Intermedios y específicamente las Pymes para las actuaciones referidas en el punto a).

- Redes Interempresariales de Cooperación
a) La identificación de posibles colectivos empresariales interrelacionados y de sus necesidades como colectivos.
b) El análisis de viabilidad de posibles actuaciones tendentes a mejorar la posición competitiva de determinados colectivos.
c) La realización de actuaciones conjuntas de empresas tendentes a la consecución de acuerdos de cooperación que mejoren su posición competitiva.
Los beneficiarios de este tipo de actuaciones serán, con carácter general, los Organismos Intermedios y específicamente las Pymes para las actuaciones referidas en el punto c).

- Sistemas de Calidad
a) La elaboración de procesos de normalización de los diferentes sectores empresariales no industriales.
b) El desarrollo e implantación de sistemas de gestión de calidad.
Los beneficiarios de este tipo de actuaciones serán, con carácter general, los Organismos Intermedios y específicamente las Pymes no industriales para las actuaciones referidas en el punto b).

- Innovación de procesos: Gestión y Organización en la Pyme
a) El apoyo técnico a las empresas para la realización de diagnósticos de situación y para la incorporación de procesos de innovación e implantación de mecanismos innovadores en la gestión y organización.
b) El asesoramiento en la implantación de nuevas tecnologías.
Los beneficiarios de este tipo de actuaciones serán exclusivamente los Organismos Intermedios.
Los Organismos Intermedios deberán contemplar la prestación de servicios y/o bienes valorables a un conjunto determinado o determinable de Pymes que participarán en su formulación, ejecución o financiación, en su caso.
Dichos proyectos podrán, asimismo, contener actuaciones de carácter genérico cuyo coste deberá ser igual o inferior al 50% del gasto subvencionable, destinadas a detectar las necesidades del entorno empresarial, al estudio y difusión de técnicas y conocimientos y/o a la identificación de las carencias de colectivos de Pymes.


Con carácter general, para las Pymes y Organismos Intermedios, serán conceptos subvencionables:
- Los gastos de contratación de servicios avanzados.
- Las inversiones de menor cuantía en activos fijos (inmateriales y materiales).

Específicamente para los Organismos Intermedios:
- Las inversiones en activos fijos, materiales o inmateriales (excluidas la adquisición y acondicionamiento de inmuebles, los gastos de mobiliario, equipamiento de oficina -excepto equipamiento informático- y medios de transporte).
- Los gastos de personal técnico aplicados al proyecto.
- Las colaboraciones externas (gastos externos de consultoría y otros servicios relacionados con el proyecto).
- Los viajes interurbanos y alojamiento necesarios para la realización del proyecto.
- El IVA, real y definitivamente soportado.

Los gastos indirectos:
- Los gastos indirectos (no podrán superar el 50% del importe del gasto de personal subvencionable).

Para las Pymes:
- Las inversiones en activos fijos, materiales o inmateriales, (excluidas la adquisición y acondicionamiento de inmuebles, gastos de mobiliario, equipamiento de oficina -excepto equipamiento informático- y medios de transporte).
- Las colaboraciones externas (gastos externos de consultoría y otros servicios relacionados con el proyecto).

Requisitos:

- Se consideran Pymes:
Empresas que se ajusten a la definición que determine en cada momento la Unión Europea.
Actualmente, empresas que empleen menos de 250 personas, cuyo volumen de negocio anual no exceda de 40.000.000 de Euros o cuyo balance general anual no exceda de 27.000.000 de Euros y que cumplan el criterio de independencia, tal como se define en la reglamentación de la Comisión de la Unión Europea.

- Se entenderán por Organismos Intermedios:
Organizaciones públicas, semipúblicas o privadas, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia que, habitualmente, presten servicios de apoyo de carácter empresarial a las Pymes.
Asimismo tendrán la consideración de Organismos Intermedios las organizaciones que, con participación mayoritaria de capital público, presten de forma habitual servicios de carácter empresarial a las Pymes.

Documentos asociados

Boletín: 13/10/2001
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 119
Documento: Programa / Plan Descargar Documento
Boletín: 13/10/2001
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 119
Documento: Solicitud y Memoria Descargar Documento