Ayudas y subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo y educación para el desarrollo.

Código de ayuda:

S31064/06

Norma:

AYUNTAMIENTO DE SANTOÑA

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Ayuntamiento de Santoña podrá conceder en la forma y condiciones que se establecen en la presente
Orden, subvenciones a las Organizaciones No Gubernamentales para la ejecución de Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo, a realizar en países en vías de desarrollo.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Santoña (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El Ayuntamiento hará efectiva la subvención en dos pagos:

El 60% al inicio del proyecto y el 40% restante a la justificación del primer pago.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

ONGS.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Sectores:

- Ayuda alimentaria y asistencial de emergencia.
- Promoción de la salud, de la vivencia y de la educación.
- Formación de los recursos humanos de los países en vías de desarrollo.
- Desarrollo rural integrado y apoyo a los sectores productivos, enmarcados dentro de acciones de desarrollo sostenible o en desarrollo.
- Sectores de población más desfavorecidos: infancia, mujer, comunidades indígenas, refugiados, desplazados, minorías étnicas y bolsas de pobreza de los entornos urbanos y rurales.

- Las acciones deben responder directamente a las necesidades de desarrollo económico sostenible de las
poblaciones o comunidades, y en particular de las necesidades de las capas más desfavorecidas.
- Las acciones deben hacer participar a los beneficiados, en calidad de socios, en todas sus fases: Formulación, realización, gestión y funcionamiento tras la finalización.
- Las acciones deben tener claramente determinados los plazos de ejecución y objetivos identificados.
- Las acciones deben ser viables, entendiendo como tales, aquellas cuyo impacto continúa cuando la ayuda cesa, es decir, aquellas con continuidad o proyectos de futuro.

- No serán subvencionadas aquellas acciones que tengan como único objetivo las medicinas curativas, la educación formal, la investigación fundamental, seminarios, viajes de estudio, Intercambios,... salvo si respondiere a una finalidad imperativa.

Requisitos:

ONGS:

1.-Tener como fines institucionales específicamente detallados, la realización de acciones de Cooperación
internacional al desarrollo o el fomento de la solidaridad entre los pueblos.
2.- Estar legalmente constituidas e inscritas formalmente en los registros que procedan, con una antigüedad
de al menos 2 años.
3.- Carecer de ánimo de lucro.
4.- Disponer de la estructura necesaria para garantizar el cumplimiento de los objetivos marcados en los proyectos, así como tener capacidad operativa para sostener las acciones subvencionadas.
5.-Haber justificado, en su caso, las subvenciones recibidas con anterioridad del Ayuntamiento.
6.- Tener su sede o en su caso delegación permanente y legalmente constituida en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 30/08/2006
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 167
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Solicitud Descargar Documento