Bases Reguladoras de las Subvenciones en materia de transporte de viajeros por carretera.
Código de ayuda:
S11955/06Norma:
DECRETO 83/2006, de 4 de abril.Plazo de Solicitud:
Se establecerá en cada convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar actividades o actuaciones de transporte de viajeros por carretera.Categorías Subvención
- Transporte
Localización del organismo gestor
Aragón
Convoca:
Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima individualizada de la subvención a otorgar se establecerá en la correspondiente convocatoria de acuerdo con el crédito disponible, no pudiendo en ningún caso, superar aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o recursos, el importe de la actividad o actuación subvencionadas.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, o entidades en las que concurran los requisitos establecidos para cada una de las líneas reguladas en este reglamento y sean seleccionadas conforme a los criterios de valoración establecidos en el título II de esta disposición y en la correspondiente orden de convocatoria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Subvención a los concesionarios de servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera, de uso general y permanente, con tráficos legalmente autorizados de titularidad del Gobierno de Aragón, cuando analizada la contabilidad individualizada de cada uno de ellos, su cuenta de explotación presente saldo negativo, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones de servicio público impuestas en el título concesional.En igual sentido y siempre que quede acreditada suficientemente su necesidad, serán objeto de subvención los tráficos integrados en concesiones de carácter interregional que se consideren de interés preferente para la Comunidad Autónoma de Aragón por discurrir predominantemente dentro de su territorio.
2. Subvención destinada a fomentar la renovación del material móvil afecto a los servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera, de uso general y permanente de carácter deficitario, previstos en el apartado anterior, y para los adscritos a los contratos programa.
Documentos asociados
Boletín:
20/04/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 45
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 45
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