Bases Reguladoras para la constitucion y consolidacion de redes y asociaciones, en el marco de la cooperacion transnacional e interregional prevista en el Programa Operativo del Fondo Social Europeo para Asturias 2007-2013.
Código de ayuda:
S57091/08Norma:
Resolucion de 25 de junio de 2008.Plazo de Solicitud:
Se establecerá en la convocatoria correspondiente.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regulación de la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la constitución y consolidación de redes y asociaciones transnacionales e interregionales, en el marco de la cooperacióntransnacional e interregional prevista en el Programa Operativo del Fondo Social Europeo para Asturias 2007-2013, con la finalidad de promover intercambios de experiencias, personas beneficiarias, actuaciones, metodologías, procedimientos y productos, de forma que procuren resultados satisfactorios
y ejemplares que se puedan transferir y tengan repercusión y valor añadido a nivel regional.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación empresarial
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Consejería de Educación y Ciencia (Principado de Asturias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas todas aquellas entidades o asociaciones de entidades sin ánimo de lucro, que tengan su domicilio social y realicen su actividad principalmente en Asturias y que no se encuentren inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas.Asimismo, podrán ser beneficiarias las entidades locales asturianas.
Requisitos:
Sin perjuicio de la documentación específica que se exija en las correspondientes convocatorias, las entidades solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:a) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
b) Haber justificado las subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por la Administración del Principado de Asturias.
3. Además, las entidades o asociaciones privadas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas.
b) Carecer de fin de lucro, lo que deberá constar expresamente en los Estatutos de la entidad
Documentos asociados
Boletín:
20/08/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 194
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 194
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento