Bases Reguladoras para la constitucion y consolidacion de redes y asociaciones, en el marco de la cooperacion transnacional e interregional prevista en el Programa Operativo del Fondo Social Europeo para Asturias 2007-2013.

Código de ayuda:

S57091/08

Norma:

Resolucion de 25 de junio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Se establecerá en la convocatoria correspondiente.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regulación de la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la constitución y consolidación de redes y asociaciones transnacionales e interregionales, en el marco de la cooperación
transnacional e interregional prevista en el Programa Operativo del Fondo Social Europeo para Asturias 2007-2013, con la finalidad de promover intercambios de experiencias, personas beneficiarias, actuaciones, metodologías, procedimientos y productos, de forma que procuren resultados satisfactorios
y ejemplares que se puedan transferir y tengan repercusión y valor añadido a nivel regional.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Educación y Ciencia (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas todas aquellas entidades o asociaciones de entidades sin ánimo de lucro, que tengan su domicilio social y realicen su actividad principalmente en Asturias y que no se encuentren inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas.

Asimismo, podrán ser beneficiarias las entidades locales asturianas.

Requisitos:

Sin perjuicio de la documentación específica que se exija en las correspondientes convocatorias, las entidades solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

b) Haber justificado las subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por la Administración del Principado de Asturias.

3. Además, las entidades o asociaciones privadas deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas.

b) Carecer de fin de lucro, lo que deberá constar expresamente en los Estatutos de la entidad

Documentos asociados

Boletín: 20/08/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 194
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento