Bases de la Convocatoria que rigen la concesion de ayudas para la realizacion de intervenciones arqueologicas y/o paleontologicas en la isla de Mallorca para el año 2010.
Código de ayuda:
S33519/10Norma:
Acuerdo de 5 de mayo de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 04/06/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promover las intervenciones arqueológicas y/o paleontológicas en yacimientos del ámbito territorial de la isla de Mallorca, con la finalidad de fomentar su estudio, investigación, conocimiento y difusión.Categorías Subvención
Arqueología y Minería
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consell de Mallorca (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
a) Las universidades, centros públicos de investigación, museos, y/o instituciones de reconocido carácter científico, cultural o educativo, públicas o privadas, no lucrativas.b) Las entidades locales.
c) Personas físicas, agrupaciones de personas físicas, comunidades de bienes u otras agrupaciones económicas sin personalidad jurídica, que sean o cuenten con uno/a arqueólogo/a profesional con experiencia vinculado a alguna de las instituciones mencionadas en el apartado a).
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán objeto de ayuda las intervenciones arqueológicas y/o paleontológicas que vienen definidas y que se ajustan al Decreto 144/2000, por el cual se aprueba el Reglamento de intervenciones arqueológicas y paleontológicas en las Islas Baleares, publicado en el BOIB nº. 135, de 4 de noviembre de 2000.Requisitos:
En cualquiera de los casos, los investigadores habrán pertenecer o tener el aval de alguna de las instituciones de las previstas en el artículo 6.2 del Decreto 144/2000, de 27 de octubre.Los investigadores que hayan sido beneficiarios de una ayuda anterior para intervenciones arqueológicas tendrán que haber entregado al Consell de Mallorca el informe o la memoria de la campaña anterior.
No podrán tener abiertos expedientes sancionadores por parte de la administración por incumplimientos de la normativa en otras intervenciones anteriores.
Documentos asociados
Boletín:
18/05/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 74
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 74
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento