Bases de lasSubvenciones para entidades que promuevan actuaciones de apoyo y fomento del Voluntariado.
Código de ayuda:
S50128/05Norma:
Decreto 4818 de 10 de octubre de 2005.Plazo de Solicitud:
30 días tras publicación de respectiva Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar las subvenciones para entidades sin ánimo de lucro que promuevan actuaciones de apoyo y fomento del voluntariado en Melilla.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/19.png)
Convoca:
Consejería de Bienestar Social y Sanidad (Melilla)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención, y que reúnan los siguientes requisitos:1. Estar legalmente constituidas.
2. Carecer de fines de lucro.
3. Haber justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad Autónoma de Melilla.
4. Tener ámbito de actuación circunscrito a Melilla.
5. Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
A. Las actuaciones y programas/proyectos que podrán ser subvencionados, y que se entienden englobados en las áreas j) Cooperación; m) servicios sociales y ñ) Otros del artículo 8 del RGSCAM, serán los que se determinen en la respectiva convocatoria, conforme establece dicho artículo.B. Conforme a lo dispuesto en el artículo 31 de la LGS:
Se consideran gastos subvencionables, a los efectos previstos en estas Bases, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad/programa subvencionado, y se realicen durante el ejercicio correspondiente a la respectiva convocatoria.
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
Documentos asociados
Boletín:
14/10/2005
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4234
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4234
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
14/10/2005
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4234
Documento: Anexos Descargar Documento
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4234
Documento: Anexos Descargar Documento