Bases generales tipo para proyectos de cooperación al desarrollo. Ayuntamiento de Torre Pacheco.

Código de ayuda:

S21082/06

Norma:

Bases generales.

Plazo de Solicitud:

Las convocatorias de subvenciones serán anuales.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Ayuntamiento de Torre Pacheco, dentro del ámbito de su competencia, podrá conceder ayudas y subvenciones públicas y establecer convenios estables y otras formas de colaboración, con los agentes sociales de cooperación para el desarrollo, para la ejecución de programas y proyectos de cooperación para el desarrollo, estableciendo las condiciones y régimen jurídico aplicables, que garantizarán, en todo caso, el carácter no lucrativo de los mismos.
Las convocatorias de subvenciones serán anuales, con cargo a partidas presupuestarias únicas y específicas
para cooperación al desarrollo, sin que puedan incluirse en este concepto ámbitos como la solidaridad, inmigración, etc., y se publicarán anualmente en las mismas fechas y plazos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Región de Murcia (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los proyectos que presenten las ONGD podrán recibir ayudas y subvenciones hasta un máximo del 50% de su coste total.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD).

Requisitos:

Los proyectos deberán ajustarse a las prioridades geográficas establecidas en estas bases generales y las organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas.
b) Carecer de fines de lucro.
c) Tener como fines institucionales la realización de actividades relacionadas con la cooperación al desarrollo
y el fomento de la solidaridad entre los pueblos.
d) Gozar de capacidad jurídica y de obrar en España.
e) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la
experiencia en cooperación y capacidad operativa necesaria para ello. A estos efectos será necesario que la
constitución legal de las ONGD que concurran a estas ayudas y subvenciones haya tenido lugar como mínimo
un año antes de la publicación de la convocatoria anual, presentando la documentación acreditativa de su experiencia.
f) Estar al corriente, en el caso, de haber recibido ayudas y subvenciones con anterioridad, en el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el artículo 13 de las presentes Bases y de las estadísticas en la correspondiente convocatoria anual.
Tendrán preferencia aquéllas que tengan su sede o alguna delegación en la Región de Murcia.

Documentos asociados

Boletín: 30/06/2006
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 149
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento