Bases reguladoras de la concesión de ayudas para la realización de determinadas actuaciones para el desarrollo de la Sociedad de la Información en el marco del Plan Avanza.
Código de ayuda:
S21591/06Norma:
ORDEN ITC/2234/2006, de 5 de julio. RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2006. RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/04/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la realización de proyectos y actuaciones para el desarrollo de la sociedad de la información en el marco del Plan Avanza.De acuerdo con dicho Plan, las ayudas concedidas en el marco de esta Orden contribuirán a la financiación de esas actuaciones que hagan posible:
1. El acceso y el uso de las TIC en los hogares y la inclusión de los ciudadanos en la sociedad de la información.
2. Una educación orientada y cimentada en la Sociedad de la Información, en la que se utilicen las TIC de forma intensiva, así como la incorporación de las mismas en el proceso educativo.
3. El desarrollo y la utilización de servicios públicos digitales, que permitan mejorar los servicios prestados por las Administraciones Públicas.
4. La creación de un entorno favorable al desarrollo de la sociedad de la información, mediante la extensión de infraestructuras de banda ancha, la televisión digital, la generación de confianza en ciudadanos y empresas en el uso de las nuevas tecnologías y la promoción de contenidos y servicios.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Financiación Preferente / Préstamos
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Entidades de Derecho público y privado, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, con excepción de las Administraciones Públicas territoriales previstas en el artículo 2.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.Además de los requisitos establecidos en el punto anterior, los beneficiarios de estas ayudas deberán cumplir los requisitos y obligaciones que se mencionan en los apartados cuarto y quinto de la orden por la
que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
En el presupuesto presentado por el beneficiario, las ayudas podrán aplicarse a los siguientes conceptos:a. Gastos de personal propio o contratado dedicado directamente al proyecto o actuación.
b. Aparatos y equipos dedicados al proyecto o actuación.
c. Subcontrataciones exclusivamente derivadas del proyecto o actuación.
d. Material fungible exclusiva y permanentemente destinado al proyecto o actuación.
e. Gastos de promoción y difusión de la actuación.
f. Otros gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto o actuación y debidamente justificados.
Requisitos:
a) Carecer de fines de lucro. A los efectos de esta Orden se incluyen aquellas entidades que, aun careciendo de fines de lucro, desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las actividades subvencionadas se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales no comerciales.b) Acreditar ante el órgano concedente o la Entidad colaboradora, en su caso, que reúnen condiciones de solvencia económica, técnica y profesional para realizar la actividad que determine la concesión o el disfrute de la ayuda, cumpliendo los requisitos y condiciones necesarias a tal efecto.
Documentos asociados
Boletín:
11/07/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 164
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
28/09/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 232
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
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Boletín:
15/03/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 64
Documento: Bases Reguladoras, COnvocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
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