Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para actividades culturales a conceder por el Ayuntamiento de Villavicionsa en el ejercicio 2009.

Código de ayuda:

S51419/09

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/08/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Ayuntamiento de Villaviciosa dispone de crédito suficiente para hacer frente a la presente convocatoria en la partida 451-489.01 de su presupuesto de gastos para el año 2009. el importe que se reserva para esta convocatoria es de veintiocho mil ochocientos euros (28.800,00 euros) pudiendo ser objeto de ampliación hasta treinta mil trescientos euros (30.300,00 euros) una vez entre en vigor el expediente de modificación de créditos 7/2009.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Villaviciosa (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía concreta de la subvención vendrá determinada en función del crédito disponible consignado al efecto y de las solicitudes presentadas, no pudiendo exceder en ningún caso de 6.000,00 € ni del 80% del gasto realizado. Además se tendrán en cuenta lo siguiente:

Presupuesto subvencionable superior a 20.000,00 euros: Cuantía máxima 6.000,00 euros.

Presupuesto subvencionable entre 9.000,00 y 20.000,00 euros: Cuantía máxima 4.000,00 euros.

Presupuesto subvencionable entre 6.000,00 y 9.000,00 euros: Cuantía máxima, 1.500,00 euros.

Presupuesto subvencionable entre 1.000,00 y 6.000,00 euros: Cuantía máxima 900,00 euros.

Presupuesto subvencionable inferior a 1.000,00 euros: Cuantía máxima 600,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar la concesión de subvenciones todas aquellas asociaciones legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y para la realización de carácter cultural durante el ejercicio 2009 teniendo en cuenta que las actividades subvencionadas deben ser realizadas en el concejo de Villaviciosa.

De manera excepcional, podrán solicitar estas ayudas aquellas personas físicas y jurídicas que presenten proyectos de singular interés atendiendo al objeto de esta convocatoria, aún no estando inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones .

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Actividades culturales en cualquier modalidad artística: Artes plásticas, literarias, teatro y artes escénicas, audiovisuales, animación informática, fotográfica, actividades en cualquier modalidad musical (música tradicional, música convencional en cualquiera de sus facetas, instrumentos o voces, promoción de artistas vinculados a Villaviciosa o a la Región) para su desarrollo dentro o fuera de Villaviciosa, incluido el mantenimiento y gestión de las entidades o personas solicitantes.

Programas generales de promoción cultural que favorezcan la participación de la población local y, en especial, de los más jóvenes.

Programas de actividades o actuaciones concretas que potencien y promocionen aspectos relacionados con la singular etnografía, historia y tradiciones del concejo de Villaviciosa, así como con los elementos culturales y lingüísticos de la región.

Publicaciones y edición de material físico o virtual de contenido cultural.

Programas de actividades culturales conjuntas entre asociaciones del municipio de Villaviciosa.

Programas de intercambio de actividades culturales con asociaciones de otros municipios, regiones y/o países.

Programas y actividades que fomenten la promoción de valores de tolerancia y multiculturalidad y, en definitiva, contribuyan a la integración de otras culturas.

Actividades de fomento de la cultura de Villaviciosa, dentro y fuera del concejo a través de la participación en certámenes, concursos o ferias de cualquier tipo de contenido cultural.

Se primará la realización de actividades culturales de gran trascendencia para el Concejo, ya sea por la promoción cultural, trayectoria o empatía del mismo, como por el número de afluencia del público o de participación ciudadana en las mismas, tratando de evitar la división de las cuantías económicas de subvención en cantidades m ínimas o escasas,que llevarían a distorsionar la propia convocatoria. Se valorará además la realización continuada de servicios y actividades culturales.

No se considerará en ningún caso subvencionable la inversión en bienes de inmovilizado.

Documentos asociados

Boletín: 07/07/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 156
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento