Bases reguladoras de las ayudas la para la renovacion del parque nacional de maquinaria agricola.- Ampliación de plazo de justificaciòn.

Código de ayuda:

S45600/10

Norma:

ORDEN 22/2010, de 6 de julio. Real Decreto 457/2010, de 16 de abril. ORDEN 35/2010, de 14 de octubre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Anualmente se presentarán las solicitudes desde el 2 de enero hasta el 31 de marzo.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Renovar el parque de tractores y máquinas automotrices agrícolas del sector agrario valenciano mediante el achatarramiento de las más antiguas y su sustitución por nuevos tractores y nuevas máquinas, que al estar equipados con modernas tecnologías, mejoran las condiciones de trabajo, tienen una mayor eficiencia energética y producen un menor impacto ambiental.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Agua, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Persona física titular de una explotación agraria.
b) Las cooperativas agrarias, las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra, las cooperativas de trabajo asociado cuya actividad principal sea la agraria y las sociedades agrarias de transformación inscritas en los correspondientes registros oficiales.
c) Otras personas jurídicas cuya actividad principal sea la producción agraria y inscritas en los correspondientes registros oficiales.
d) Las comunidades de bienes, comunidades de regantes y las sociedades civiles cuya actividad principal sea la producción agraria y estén inscritos en los registros oficiales correspondientes. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación.
e) Personas físicas o jurídicas cuya actividad principal sea la prestación de servicios agrarios, siempre que estén inscritas en los correspondientes registros o censos oficiales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- El achatarramiento de tractores y máquinas automotrices.
- La adquisición de determinadas máquinas arrastradas como:
a) Sembradoras directas.
b) Cisternas para purines y esparcidores de fertilizantes sólidos equipadas con dispositivo de localización.
c) Abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios que posibiliten una correcta distribución, mediante acreditación de una estación de ensayos específica para estos tipos de máquinas.

Requisitos:

a) Ajustarse a la definición de PYME.
b) Cumplir las normas comunitarias aplicables a las inversiones de que se trate.
c) Ser titular del nuevo tractor o máquina y de la maquinaria achatarrada.
d) No tener la consideración de empresas en crisis.
e) No haber sido sancionado por delitos o infracciones medioambientales o contra la Hacienda Pública.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 111
Documento: Real Decreto 457/2010, de 16 de abril. Descargar Documento
Boletín: 20/07/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6314
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 27/10/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6385
Documento: Ampliación de plazo de justificación. Descargar Documento