Bases reguladoras del Plan Renovede equipos de aire acondicionado y de electrodomesticos en Extremadura y se efectua la primera convocatoria.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S21637/10

Norma:

Decreto 81/2010, de 26 de marzo. ORDEN de 30 de diciembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/01/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Iniciar mediante convocatoria pública la concesión de ayudas por el procedimiento de concesión directa, conforme a lo establecido en el artículo 5 del Decreto 81/2010, de 26 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras del Plan Renove de equipos de aire acondicionado y de electrodomésticos en Extremadura.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Cuantías de las ayudas para electrodomésticos en función del tipo y su clasificación energética:

Frigorífico y frigorífico-congelador (Combi) A++. Congelador A++: 125€.

Frigorífico y frigorífico-congelador (Combi) A+, Congelador A+, Lavadora A eficacia de lavado A y consumo energético igual o inferior a 170Wh/kg, Lavadora bitérmica con clasificación energética A y eficacia de lavado A, Lavavajillas con clasificación energética A y eficacia de lavado A y consumo energético menor o igual a 0,98 kWh/ciclo, Lavavajillas bitérmico con clasificación energética A y eficacia de lavado A, Encimeras de inducción total: 105€.

Lavavajillas clasificación energética A y eficiencia de lavado A, Horno con clasificación energética A, Encimeras de inducción mixta: 85€.

Encimeras de gas: 50€.

b) Cuantía de la ayuda para equipos de aire acondicionado en función de su potencia nominal (P) en refrigeración:

Potencia frigorífica (KW) P < 5 kW: 150€.

Potencia frigorífica (KW) 5 kW  P < 9 kW: 350€.

Potencia frigorífica (KW) 9 kW  P  12 kW: 500€.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarios directos, las personas físicas, sociedades anónimas, limitadas, cooperativas y comunidades de bienes que se dediquen a la venta de electrodomésticos y/o a la venta de equipos de aire acondicionado en la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre los que se incluirán:

— Establecimientos individuales.

— Los grupos de compras.

— Las cadenas especializadas en la venta de estos productos.

— Grandes superficies comerciales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Aparatos electrodomésticos:

— Frigorífico y frigorífico-congelador (Combi), clasificación energética A+ y A++.

— Congelador clasificación energética A+ y A++.

— Lavadora clasificación energética A, eficacia de lavado A y consumo energético igual o inferior a 170 Wh/kg.

— Lavadora termoeficiente, según la definición recogida en la Especificación Técnica de AENOR AE 0035, con clasificación energética A y eficacia de lavado A.

— Lavavajillas con clasificación energética A y eficacia de lavado A y consumo energético menor o igual a 0,98 kWh/ciclo.

— Lavavajillas termoeficiente, según la definición recogida en la Especificación Técnica de AENOR AE 0040, con clasificación energética A y eficacia de lavado A.

— Lavavajillas clasificación energética A y eficiencia de lavado A.

— Horno con clasificación energética A.

— Encimeras de inducción total o mixta.

— Encimeras de gas.

2. Equipos de aire acondicionado domestico de clasificación energética “A”, tanto en modo refrigeración como refrigeración-calefacción, cuando se trate de equipos bomba de calor, incluidos en el Real Decreto 142/2003, de 7 de febrero, por el que se regula el etiquetado energético de los acondicionadores de aire doméstico, de accionamiento eléctrico y sistema de refrigeración por aire, con una potencia nominal en
refrigeración menor o igual a 12 kW. (10.320 frigorías).

Se considerarán subvencionables los equipos de sistema compacto o de sistema partido, tipo split, con una o más unidades interiores. Se entiende por sistema compacto el que está formado por una sola unidad con distribución directa o indirecta, a través de conductos, y por sistema partido el que consta de una unidad exterior y, al menos, una unidad interior.

No serán subvencionables los aparatos de conducto único, incluido los portátiles.

Requisitos:

Los establecimientos adheridos vienen obligados a:

a) Cumplir con las obligaciones que con carácter básico se establecen en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la normativa comunitaria europea.

b) La venta de aparatos electrodomésticos y equipos de aire acondicionado objeto de incentivación del presente Decreto.

c) Informar de las ventajas de los aparatos de alta eficiencia energética.

d) Practicar en el precio final de venta los descuentos correspondientes a la subvención.

e) Presentar en el plazo máximo establecido las justificaciones de liquidación de ayudas.

f) Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar el órgano concedente o los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida.

g) Conservar los originales de las facturas y documentos justificativos de la aplicación de la subvención recibida, que estarán a disposición de la Consejería con competencias en energía y ahorro y eficiencia energética, de la Intervención General de la Junta de Extremadura y de cuantos órganos fiscalizadores y de control nacional o comunitario pudieran requerirlos.

h) Retirar los electrodomésticos sustituidos para su correcta gestión, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos, constatando dicha retirada mediante certificado de entrega a un Gestor de Residuos autorizado.

Documentos asociados

Boletín: 06/04/2010
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 63
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 10/01/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 5
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento