Bases reguladoras del programa de ayuda para el pago del seguro de protección de la renta arrendaticia dentro del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

Código de ayuda:

S61437/22

Norma:

Orden ATP/66/2022, de 19 de octubre.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras en régimen de concesión directa del Programa de al pago del seguro de protección de la renta arrendaticia regulado en el Capítulo XIV del Título II del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La finalidad de este programa es la concesión de ayudas para un seguro de protección de la renta arrendaticia que cubra el eventual impago de la misma, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda será de hasta el 5% de la renta arrendaticia anual.

2. La ayuda se calculará tomando como referencia el importe mensual de la renta arrendaticia correspondiente a la última mensualidad vencida a fecha de la solicitud de la ayuda.

3. Si se reconociera ayuda para el alquiler a la arrendataria en cualquiera de los programas del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, la cuantía de la ayuda sería de hasta el 5% de la renta arrendaticia anual menos la ayuda al alquiler anual reconocida a la arrendataria.

La ayuda no podrá ser superior al coste del correspondiente seguro de protección de la renta arrendaticia.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las beneficiarias de las ayudas de este programa podrán ser las propietarias arrendadoras de las viviendas sea cual sea su naturaleza jurídica, o las arrendatarias que cumplan los requisitos establecidos para el programa de ayuda al alquiler de vivienda regulados en los apartados 1 y 2 del artículo 27 del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

a) Ser titular o asumir el pago de la prima en caso de ser arrendatario, de una póliza de seguro de protección de la renta arrendaticia que cubra el eventual impago de la misma en vigor.

El tomador del seguro podrá ser la Comunidad Autónoma de la Rioja o el arrendador.

b) Estar al corriente del pago de la prima del seguro, pagada con fecha 1 de enero de 2022 o posterior con el límite del 31 de agosto de 2025 incluido.

c) En caso de que la persona beneficiaria sea persona física, deberá ser mayor de edad y poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza, o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación. En el caso de los extranjeros no comunitarios deberán contar con autorización de estancia o residencia en España.

2. No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas que incurran en alguna de las circunstancias prevista en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 21/10/2022
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 203
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento