Bases reguladoras para la concesión de ayudas de compensaciones complementarias y ayudas para la reposición de los animales en explotaciones de determinadas especies ganaderas como consecuencia de la ejecución de programas oficiales de vigilancia, control y erradicación de enfermedades animales.

Código de ayuda:

S26728/24

Norma:

ORDEN 13/2024, de 28 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras de la ayuda para:

1. Las ayudas de compensaciones complementarias por lucro cesante en los casos de inactividad en las
explotaciones de ganado bovino, ovino caprino y cunícola, registradas en la Comunitat Valenciana, con motivo de la vigilancia, control o erradicación de enfermedades de estas especies, llevados a cabo en el marco de programas o actuaciones sanitarias oficiales. Mediante dos procedimientos que se corresponden con dos períodos de tiempo en las ayudas:

a) Ayudas de compensaciones complementarias en explotaciones de ganado bovino, ovino, caprino y cunícola:
período de vacío sanitario.

b) Ayudas de compensaciones complementarias en explotaciones de ganado bovino, ovino, caprino y cunícola:
período de postautorización a la reintroducción.

2. Las ayudas para la compra de animales de las especies bovina, ovina y caprina que tenga por objeto la reposición de efectivos, en aquellas explotaciones registradas en la Comunitat Valenciana en que se ordenó el sacrificio de animales o, en el caso de las explotaciones cunícolas se autorizó el vacío sanitario para recuperar la calificación sanitaria, después del diagnóstico de una enfermedad sometida a un programa o a una actuación sanitaria oficial de vigilancia, control o erradicación; también se incluirán los casos de animales de esas especies que muriesen en esos marcos sanitarios oficiales
citados, y los casos de muerte o sacrificio de esos animales como consecuencia de un programa oficial obligatorio de vacunación.

3. También podrán concederse las ayudas descritas en los puntos 1 y 2 del presente artículo para enfermedades emergentes que cumplan los criterios establecidos en el artículo 6, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/429, de acuerdo con los actos de ejecución que adopte la Comisión de conformidad con el procedimiento al que se refiere el artículo 266, apartado 3.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Agua, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas de compensaciones complementarias por lucro cesante, las
personas físicas y jurídicas privadas y las entidades sin personalidad jurídica que sean titulares de explotaciones bovinas, ovinas, caprinas y cunícolas en que se sacrificase o destruyese de forma preventiva la totalidad de su censo, por motivos de sospecha y/o confirmación de la presencia de alguna enfermedad sometida a un programa o a una actuación sanitaria oficial de vigilancia, control o erradicación.

2. Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas para la compra de animales de reposición, las personas físicas y jurídicas privadas y las entidades sin personalidad jurídica que sean titulares de explotaciones bovinas, ovinas, caprinas y cunícolas, en que se ordenase el sacrificio obligatorio de animales existentes en ellas o, en el caso de las explotaciones cunícolas, se autorizase el vacío sanitario para recuperar la calificación sanitaria, y como consecuencia del diagnóstico de una enfermedad sometida a un programa o a una actuación sanitaria oficial de vigilancia, control o erradicación; así como las personas o entidades titulares de aquellas explotaciones donde muriesen o se practicase la eutanasia de animales de dichas especies, a causa de una enfermedad sometida a un programa o a una actuación sanitaria oficial de vigilancia, control o erradicación, o a causa de un programa oficial obligatorio de vacunación.

Documentos asociados

Boletín: 05/12/2024
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10000
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento