Bases reguladoras para la concesión de ayudas para la intervención denominada compromisos para bienestar y sanidad animal en Castilla-La Mancha a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027.

Código de ayuda:

S07028/25

Norma:

Orden 40/2025, de 18 de marzo.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas descritas en la intervención 6504, denominada Compromisos para bienestar y sanidad animal incluidas en el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común, conforme al artículo 70 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Calidad
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas titulares de explotaciones ganaderas extensivas y semiextensivas de ovino y/o caprino radicadas en el territorio de Castilla-La Mancha que reúnan los requisitos para ser considerados como agricultores activos, de conformidad con el artículo 5 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, y que se comprometan voluntariamente a realizar acciones tendentes al cumplimiento de los compromisos previstos en el artículo 5.

Requisitos:

a) Ser titular de una explotación ganadera de ovino y/o caprino activa inscrita en el registro de explotaciones ganaderas de Castilla-La Mancha (en adelante REGA) con clasificación zootécnica de producción/reproducción.

b) Ser agricultor activo de conformidad con el artículo 5 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.

c) Que el sistema de producción sea en régimen extensivo o semiextensivo, para lo que se deberá de respetar, al menos, una carga ganadera no superior a 2,4 UGM/ha. En el cómputo de la carga ganadera, se tendrá en cuenta el ganado extensivo de la explotación que realiza pastoreo y que figure inscrito en el Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA) de Castilla-La Mancha, de tal forma que se incluirán los animales de más de 4 meses de las especies ovina y caprina que figuren en la declaración de censo.
La superficie de pastoreo a efectos del cómputo de la carga ganadera será la declarada en el territorio de Castilla-La Mancha en la solicitud única, considerando los códigos de producto del Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas (SIEX) que correspondan a dicha actividad.

d) Disponer de un mínimo de 10 UGM. Se considerará, a efectos del cómputo de UGM:
- Animales de 4 a 12 meses: 0,10 UGM
- Reproductores: 0,15 UGM

Documentos asociados

Boletín: 26/03/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 59
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