Bases reguladoras para seleccionar operaciones de los entes locales de la demarcación de Girona susceptibles de ser cofinanciadas por el FEDER para el periodo de 2007-2013, y se abre la convocatoria para presentar solicitudes para el periodo 2007-2013, eje 1.
Código de ayuda:
S19691/10Norma:
Orden GAP/171/2010, de 18 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/04/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer los requisitos y el procedimiento para seleccionar las operaciones de los entes locales de la demarcación de Girona susceptibles de ser cofinanciadas por el FEDER, Programa operativo de Cataluña de 2007-2013, objetivo de competitividad regional y ocupación, que constan en la base 5.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Desarrollo Rural
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La tasa de cofinanciación de las ayudas del FEDER será del 50% del gasto subvencionable determinado e incorporado al Programa operativo. La subvención mínima a otorgar por proyecto será de 100.000,00 euros.Además, la Diputación de Girona otorgará una ayuda complementaria correspondiente al 25% del gasto subvencionable asignado a la operación.
Los proyectos presentados tienen que tener un gasto subvencionable mínimo de 200.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Entes locales de la provincia de Gerona.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Transferencia de tecnología y mejora de las redes de cooperación entre pequeñas empresas, pymes, entre estas y otras empresas y universidades, centros de enseñanza postsecundaria de todo tipo, autoridades regionales, centros de investigación y enclaves científicos y tecnológicos (parques científicos o tecnológicos, tecnópolis, etc.). Apoyo a la transferencia de tecnología y a la mejora de redes de cooperación.Inversión en empresas directamente relacionadas con la investigación y la innovación. Apoyo a actividades emprendedoras.
Otras inversiones en empresas. Impulso del crecimiento empresarial de empresas locales con proyección global.
Servicios y aplicaciones para el ciudadano. Impulso de la administración electrónica como eje de la atención ciudadana.
Requisitos:
Pueden ser entes beneficiarios de las operaciones susceptibles de ser incluidas en el eje 1 del FEDER los entes locales de la demarcación de Girona que definen los artículos 1 y 2 del Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña,y los consorcios de este mismo ámbito territorial que prevén los artículos 269 y siguientes de la disposición mencionada.
Los entes beneficiarios serán, con carácter general, los ejecutores de cada una de las operaciones, salvo en los casos en que, en virtud de su facultad de autoorganización y en el marco de los acuerdos correspondientes, el ente beneficiario decida que la operación la ejecuten otros entes públicos. En este caso, la existencia de un ente ejecutor diferente del beneficiario se tendrá que comunicar en el momento
de presentar la solicitud.
Documentos asociados
Boletín:
29/03/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5597
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5597
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento