Bases reguladoras que deben regir la concesión de subvenciones públicas destinadas a la financiación de planes de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados en la Comunidad de Castilla y León.

Código de ayuda:

S37664/15

Norma:

ORDEN EMP/679/2015, de 7 de agosto.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las subvenciones públicas destinadas a la financiación de Planes de Formación, dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Empleo (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las entidades de formación inscritas y, en su caso, acreditadas, en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de Castilla y León, creado por Decreto 69/2011, de 22 de diciembre, para la impartición de la correspondiente especialidad formativa.

Igualmente, podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones formadas por entidades de formación inscritas y, en su caso, acreditadas, en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de la subvención que regula la presente orden los siguientes tipos de planes de formación de oferta dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados:

a) Planes de formación intersectoriales, compuestos por acciones formativas dirigidas a la adquisición de competencias transversales en varios sectores de la actividad económica o de competencias específicas de un sector para el reciclaje y recualificación de trabajadores de otros sectores, incluida la formación dirigida a la capacitación para la realización de funciones propias de la representación legal de los trabajadores.

b) Planes de formación intersectoriales, compuestos por acciones formativas dirigidas a la adquisición de competencias transversales en varios sectores de la actividad económica o de competencias específicas de un sector para el reciclaje y recualificación de trabajadores de otros sectores, incluida la formación dirigida a la capacitación para la realización de funciones propias de la representación legal de los trabajadores, dirigidos a la formación específica de los colectivos de trabajadores y socios de la economía social, siempre que aporten actividad económica.

c) Planes de formación intersectoriales, compuestos por acciones formativas dirigidas a la adquisición de competencias transversales en varios sectores de la actividad económica o de competencias específicas de un sector para el reciclaje y recualificación de trabajadores de otros sectores, incluida la formación dirigida a la capacitación para la realización de funciones propias de la representación
legal de los trabajadores, dirigidos a la formación específica del colectivo de autónomos.

d) Planes de formación sectoriales que se compondrán de acciones formativas dirigidas a la formación de trabajadores de un sector productivo concreto, con el fin de desarrollar acciones formativas de interés general para el mencionado sector y satisfacer necesidades específicas de formación del mismo. Las acciones específicas programadas en este tipo de planes también podrán dirigirse al reciclaje y la recualificación de trabajadores procedentes de sectores en situación de crisis.

e) Planes de formación integrados por las acciones formativas vinculadas a la obtención de certificados de profesionalidad a través de módulos formativos de los mismos, definidas como prioritarias por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

Documentos asociados

Boletín: 14/08/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 157
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento