Becas a personas desempleadas de entre 18 y 25 años y mujeres desempleadas de larga duración sin límite de edad, que obtengan el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria dentro del Plan de Formación del Servicio Extremeño Público de Empleo y la Consejería de Educación y Cultura.

Código de ayuda:

S04337/14

Norma:

DECRETO 3/2014, de 4 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Consultar.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión de becas para personas desempleadas de 18 a 25 años de edad y mujeres con dificultades para su inserción laboral, desempleadas de larga duración sin límite de edad, que cursen con suficiente aprovechamiento obteniendo calificación positiva para las etapas del nivel en el que estuviera matriculado en la evaluación ordinaria o extraordinaria, así como superando la correspondiente prueba objetiva, los estudios conducentes a la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria dentro del Plan de Formación que, con fecha 6 de agosto de 2013, se ha firmado entre el Servicio Extremeño Público de Empleo y la Consejería de Educación y Cultura.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa e Innovación. (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las becas establecidas en este decreto serán las siguientes:

— Para aquellos beneficiarios que superen la primera etapa cuatrimestral del nivel en el que
estuvieren matriculados: 500,00 €.

— Para aquellos beneficiarios que superen la segunda etapa cuatrimestral del nivel en el que
estuvieren matriculados: 500,00 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los trabajadores inscritos como desempleados/as en el SEXPE que, teniendo 18 años cumplidos a 31 de diciembre del curso académico en que se formaliza la matricula y no siendo mayores de 25 años, así como mujeres con dificultades para su inserción laboral, desempleadas de larga duración inscritas en el SEXPE y sin límite de edad, hayan formalizado la matrícula en alguno de los niveles que integran el Programa Específico de Formación dirigido a la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria dentro del Plan de Formación que, con fecha 6 de agosto de 2013, se ha firmado entre el Servicio Extremeño Público de Empleo y la Consejería de Educación y Cultura y hayan cursado con suficiente aprovechamiento obteniendo calificación positiva para alguna o las dos etapas del nivel en el que estuviera matriculados en la evaluación ordinaria o extraordinaria, así como superando la correspondiente prueba objetiva de los estudios correspondientes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Plan Estratégico el Plan de Acción Integral Empleo, Empresa y Emprendedores (2012-2015), el Plan
del Servicio Extremeño Público de Empleo y la Consejería de Educación y Cultura de 6 de agosto de 2013 para el desarrollo de programas específicos de formación dirigidos a personas desempleadas para la obtención de Títulos de Cualificación Profesional Inicial, Educación
Secundaria Obligatoria y Técnico Superior de Formación Profesional del Sistema Educativo, junto al Plan específico elaborado al efecto.

Requisitos:

a) Los beneficiarios no deberán estar incursos en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

b) Ser desempleados/as inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Extremeño Público de Empleo en la fecha de inicio del curso académico para el desarrollo del Programa I dentro del Plan de Formación suscrito con fecha 6 de agosto de 2013, al que hayan accedido mediante la formalización de la correspondiente matrícula. En el supuesto de que la beneficiaria, de acuerdo con el artículo 3, sea mujer desempleada de larga duración, deberá ser desempleada inscrita como demandante de empleo en el Servicio Extremeño Público de Empleo en dicha fecha y haber permanecido en dicha situación durante al menos 12 meses en un periodo de 18 meses.

Este requisito será comprobado de oficio por el Servicio Extremeño Público de Empleo.

c) Tener 18 años cumplidos y no ser mayor de 25 años a 31 de diciembre del curso académico en que se formaliza la matricula en los estudios conducentes a la obtención del titulo de graduado en ESO. En el supuesto de desempleadas paradas de larga duración no existe límite de edad.

d) Estar matriculados en la totalidad de las materias del curso académico correspondiente, en el Nivel I o Nivel II de estudios de Educación Secundaria Obligatoria dentro del Plan de Formación suscrito por el SEXPE y la Consejería de Educación y Cultura.

e) Los solicitantes de las becas deberán haber cursado con suficiente aprovechamiento obteniendo calificación positiva para alguna o las dos etapas del nivel en el que estuvieran
matriculados en la evaluación ordinaria o extraordinaria, así como haber superado la correspondiente prueba objetiva de los estudios correspondientes.

f) Son obligaciones de los beneficiarios de las becas, las derivadas del artículo 13.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Documentos asociados

Boletín: 10/02/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 27
Documento: Becas. Descargar Documento