Becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea y con las Comunidades Andaluzas en el exterior y se publica la Convocatoria para 2013-2014.
Código de ayuda:
S42182/13Norma:
Orden de 8 de noviembre de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/12/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras para la concesión de las becas de formación, investigación dirigidas a personas físicas en materias competencia de la Consejería de la Presidencia o de la Consejería en su momento competente en materia de actuaciones de formación, información y divulgación dirigidas a la sociedad andaluza sobre la actividad de la Unión Europea y la acción exterior, relacionadas con la Unión Europea y con las Comunidades Andaluzas en el Exterior, así como publicar la convocatoria de becas para 2013-2014.Categorías Subvención
- Becas
- Formación
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Presidencia (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
A) Las becas sobre materias relacionadas con la Unión Europea, en la Delegación de la Junta deAndalucía en Bruselas y en la Secretaría General de Acción Exterior de la Consejería de la Presidencia.
B) Las becas sobre materias relativas a Comunidades Andaluzas en el Exterior, en la Secretaría General de Acción Exterior de la Consejería de la Presidencia.
Requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea y tener la vecindad o haber nacido en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Además, podrá solicitarla quien, siendo persona de nacionalidad española o descendiente de persona con esta nacionalidad , se encuentre en uno de los supuestos previstos en el art. 5.2 del Estatuto de Autonomía de Andalucía.En el caso de las becas de formación e investigación en materia relacionadas con Comunidades
Andaluzas en el Exterior, las podrán solicitar, además, en su caso, quienes estén en posesión de la Tarjeta vigente de Andaluz o Andaluza en el Exterior o bien sea miembro de una Comunidad Andaluza reconocida e inscrita en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas.
b) No haber recibido la sanción de separación del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente disciplinario.
c) No ser mayor de 35 años.
d) Los que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía vigente al momento de la convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
15/11/2013
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 225
Documento: Becas. Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 225
Documento: Becas. Descargar Documento