Becas de formación en la Dirección General de Comercio.- Convocatoria para el año 2016.
Código de ayuda:
S00600/16Norma:
ORDEN de 22 de diciembre de 2015.Plazo de Solicitud:
Hasta el 1 de febrero de 2016.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las becas de formación en la Dirección General de Comercio tienen como objetivo contribuir a la formación tutorial de profesionales en el campo de la actividad comercial y su entorno.La Dirección General de Comercio elaborará un programa formativo que integrará aspectos relativos a la actividad comercial, el estudio y análisis de la pequeña y mediana empresa comercial, y el sector de la distribución y las estructuras comerciales. El programa formativo podrá extenderse a todas aquellas materias de comercio y artesanía sobre las que el centro directivo tiene competencia.
Asimismo, la Dirección General de Comercio nombrará un/a tutor/a responsable de las actividades de formación que desarrollarán las/los becarias/os. El programa formativo se desarrollará a lo largo del año 2016 con una duración máxima de doce meses, entre la fecha de la incorporación de las personas becarias y el 30 de diciembre.
Categorías Subvención
- Becas
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas que reúnan los siguientes requisitos, que deberán poseer en el momento de acabar el plazo de presentación de solicitudes:a) Tener nacionalidad española o ser nacionales de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, así como estar domiciliada en la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Acreditar un conocimiento de la lengua gallega en el nivel de perfeccionamiento o Celga 4.
c) Estar en posesión de algún título universitario de licenciado/a, arquitecto/a, ingeniero/a o de grado. La persona solicitante deberá estar en posesión del título o acreditar el pago de los derechos para su expedición, al final del plazo de presentación de solicitudes y haber acabado los estudios conducentes en el año 2007 o posterior.
d) No disfrutar anteriormente de otra beca de formación en la Dirección General de Comercio, excepto que en la convocatoria del año inmediatamente anterior fuese llamado de la lista de reserva y disfrutase de la beca por un período de tiempo no superior a 3 meses.
e) No tener empleo remunerado ni percibir la prestación por desempleo.
f) No disfrutar de otra beca o ayuda, salvo el subsidio por desempleo.
g) No padecer ninguna enfermedad ni limitación física o psíquica que imposibilite el cumplimiento de sus obligaciones como becario/a.
h) No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a señaladas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG núm. 121, de 25 de junio).
Documentos asociados
Boletín:
30/12/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 248
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 248
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento