Becas y ayudas a trabajadores desempleados que participen en acciones formativas del Servicio Extremeño Publico de Empleo.
Código de ayuda:
S45846/13Norma:
ORDEN de 4 de diciembre de 2013. Decreto 168/2012, de 17 de agosto. ANUNCIO de 3 de julio de 2015. ORDEN de 30 de noviembre de 2015. ORDEN de 19 de octubre de 2016.Plazo de Solicitud:
15 días desde la finalización de la acción formativa o abandono por causa justificada por enfermedad o colocación laboral.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2016, para la concesión de becas y ayudas de transporte, manutención y alojamiento a que tengan derecho los trabajadores desempleados que participen en las acciones formativas.Categorías Subvención
- Becas
- Empleo
- Formación
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Educación y Empleo (Extremadura)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Los trabajadores desempleados que participen en las acciones formativas derivadas de las convocatorias relacionadas en el artículo 1 de la presente orden de convocatoria, y también las derivadas de aquéllas otras convocatorias y Resoluciones de cursos a través de medios propios a lo largo del año 2014 que, al amparo del Decreto 168/2012, de 17 de agosto, pudieran ser aprobadas con el mismo objeto y, mientras no se efectúe nueva convocatoria de becas y ayudas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La concesión de becas y ayudas de transporte, manutención y alojamiento a que tengan derecho los trabajadores desempleados que participen en las acciones formativas y prácticas profesionales no laborales que forman parte de las mismas, que se ejecuten en el marco de la oferta formativa pública del Servicio Extreme- ño Público de Empleo.Requisitos:
Para tener la consideración de desempleada, se tendrá en cuenta la situación a fecha de inicio de la acción formativa o de incorporación de la persona participante, si ésta es posterior a la fecha de inicio del curso, de conformidad con lo establecido en el apartado segundo del artículo 45 del Decreto 168/2012 de 17 de agosto.No podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones previstas en esta convocatoria los interesados en quienes concurran alguna de las circunstancias establecidas en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Documentos asociados
Boletín:
23/08/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 163
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 163
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
20/12/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 244
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 244
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
20/07/2015
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 138
Documento: Ampliación Presupuestaria Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 138
Documento: Ampliación Presupuestaria Descargar Documento
Boletín:
14/12/2015
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 238
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 238
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
31/10/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 209
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 209
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento