Campaña 2021 la “Ayuda por superficie” Subacción I.4.1 de la Acción I.4 “Ayuda a los productores de papa de mesa” del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.
Código de ayuda:
S53091/19Norma:
Orden de 28 de noviembre de 2017. Orden de 21 de septiembre de 2019. Orden de 21 de septiembre de 2020.Plazo de Solicitud:
Consultar programa.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Incrementar el porcentaje de autoabastecimiento, fomentar la programación de la producción para adecuarla al mercado, la concentración de la oferta, el apoyo a la incorporación de jóvenes agricultores y la prevención de riesgos por medio de los Seguros Agrarios.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Comercio
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. Las subvenciones que se convocan están financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y de acuerdo con la ficha financiera del Programa tienen asignadas un importe de tres millones trescientos noventa y dos mil (3.392.000) euros.Dichas cuantías podrán incrementarse por posteriores Decisiones de la Comisión Europea.
2. Los importes unitarios de la ayuda, como máximo ascenderán a:
- Ayuda básica: 950 euros por hectárea.
- Complemento de ayuda para productores agrupados: 1.700 euros por hectárea.
3. Se abonará un complemento de la ayuda del 10% de los importes que pudieran corresponderles a los beneficiarios que hayan percibido la ayuda para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (medida 112 del PDR 2007-2013 o submedida 6.1 del PDR 2014-2020) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantengan dicha condición en la presente campaña 2021.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios los productores que tengan superficies cultivadas de papa de mesa de las cosechas extratemprana (siembra del 1 de octubre al 31 de diciembre del año n-1), de media estación (siembra del 1 de enero al 31 de marzo del año n) y tardía (siembra del 1 de julio al 30 de septiembre del año n). Aquellos productores que además, estén integrados en una agrupación u organización de productores de frutas y hortalizas y comercialicen su producción a través de la misma, podrán optar al complemento por superficie.Documentos asociados
Boletín:
04/12/2017
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 233
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 233
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
30/09/2019
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 188
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 188
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
30/09/2019
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 188
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 188
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín:
01/10/2020
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 201
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 201
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín:
01/10/2020
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 201
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 201
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento