Compensaciones al transporte interinsular de mercancias incluidas en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Union Europea realizado en el año 2010.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S10400/12

Norma:

ORDEN de 28 de marzo de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Compensar el coste del transporte realizado en el año 2010 según cuantía fijada en el coste-tipo establecido a que se refiere la base tercera correspondiente al transporte interinsular marítimo y aéreo de los productos incluidos en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea desde cada una de las islas del Archipiélago con destino a las restantes, siempre que sean productos originarios o en su caso hayan sido transformados en Canarias.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Tráficos que se produzcan desde islas no capitalinas a cualquier otra isla: hasta el 100% del coste-
tipo aplicable a su trayecto.

- Tráficos que se produzcan desde isla capitalina hacia isla no capitalina: hasta el 100% del coste-tipo aplicable a su trayecto.

- Tráficos que se produzcan desde isla capitalina hacia isla capitalina: hasta el 50% del coste-tipo aplicable
a su trayecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas solicitantes de compensación, compradora o vendedora, receptora o remitente de las mercancías, que acrediten haber abonado los costes del transporte compensable.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Flete.

- Tasas portuarias/aeroportuarias aplicadas a la carga transportada, tanto en puertos/aeropuertos de
origen como en los de destino.

- Costes de manipulación de la mercancía en puertos/aeropuertos de origen y destino.

- Tasas de seguridad si las hubiera.

- Recargo por incremento del coste de combustible (BAF), en su caso.

Requisitos:

En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra
alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2012
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 64
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento