Convocatoria 2007, de las ayudas a programas piloto que promuevan la movilidad sostenible en ambitos urbanos y metropolitanos.
Código de ayuda:
S57673/07Norma:
ORDEN FOM/2330/2007, de 26 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/09/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, de ayudas para el desarrollo de programas piloto que, por su carácter innovador, por su calidad y viabilidad, y por su capacidad de aportar experiencias útiles para su aplicación en otros casos, puedan servir como elementos dinamizadores de políticas y actuaciones orientadas a la movilidad sostenible en el ámbito urbano y metropolitano.Las actuaciones relacionadas con esta convocatoria pretenden dar cumplimiento a las directrices básicas contenidas en el Plan Estratégico de Infraestructuras y Transportes (PEIT), en relación con las actuaciones
que propicien una movilidad urbana sostenible.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Transporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Fomento ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser solicitantes y beneficiarios de estas ayudas, las Administraciones Públicas, Consorcios y Autoridades del Transporte, sociedades mercantiles estatales, entidades empresariales y otros organismos y sociedades públicos, así como las empresas privadas que presenten una propuesta relacionada con el objeto de la presente convocatoria y no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con el Estado u otros entes públicos, en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Las entidades beneficiarias asumirán las obligaciones que para los perceptores de ayudas y subvenciones establecen el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán ser objeto de estas ayudas los estudios, planes, programas, proyectos y actividades que impulsen la movilidad sostenible en ámbitos urbanos y metropolitanos, en especial los destinados a promover elfomento del transporte público y la movilidad no motorizada, la seguridad en el transporte y la eficiencia energética del mismo.
Las líneas de actuación que pueden abordar los proyectos objeto de estas ayudas son:
a) Desarrollo e implantación de planes de movilidad en empresas y otros centros de actividad.
b) Medidas de mejora y optimización de la explotación del transporte público.
c) Medidas de gestión del tráfico urbano.
d) Marketing personalizado del transporte público.
e) Medidas de apoyo al transporte no motorizado.
f) Optimización de la logística de distribución de mercancías.
g) Mejora de la seguridad en el transporte.
h) Planes y medidas para reducir las necesidades de movilidad.
i) Mejora de los procesos de participación pública en la elaboración de Planes de Movilidad Sostenible o de otras actuaciones en medio urbano.
j) Otras medidas de promoción de la movilidad sostenible en ámbitos urbanos y metropolitanos.
Requisitos:
Las entidades beneficiarias de las ayudas deberán reunir los siguientes requisitos:a) Estar legalmente constituida.
b) Disponer de estructura, solvencia, eficacia y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos.
c) Haber cumplido, en su caso, las obligaciones con el Ministerio de Fomento derivadas de otras subvenciones y contratos obtenidos con anterioridad.
d) No estar incursa en ninguna de las causas previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
31/07/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 182
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 182
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