Convocatoria de ayudas a la conciliación para atender a personas dependientes de personas participantes en procesos formativos del Departamento de Empleo.
Código de ayuda:
S18437/05Norma:
Sesión de 18 de marzo de 2005.Plazo de Solicitud:
Según se establezca en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las condiciones que han de regir la concesión de subvenciones destinadas a facilitar la asistencia de los/as usuarios/as de los servicios del Departamento de Empleo, que precisan atender a personas dependientes (hijos/as, personas ancianas o con discapacidad), a los cursos de formación ocupacional y a cuantas acciones de empleabilidad se consideren adecuadas (motivación ante el empleo, acercamiento al autoempleo, prácticas en empresas,…).Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Empleo
- Formación
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Ayuntamiento de Vitoria (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas relacionadas con el objeto de la subvención.(Consultar Bases para mayor información).
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se consideran gastos subvencionables aquellos que se originen por la necesidad de conciliar las actuaciones prelaborales a desarrollar en el Departamento de Empleo y la atención a las personas dependientes, y se contemplan:- Los gastos efectivos y justificados de estancia en escuelas infantiles/ guarderías, de los/as hijos/as menores de 3 años, si es necesaria su matriculación para el desarrollo de la acción definida, hasta el 80% de su coste.
- Los gastos efectivos y justificados de asistencia a comedor escolar de los/as menores (hasta 12 años), si es necesario recurrir a este servicio por coincidencia de horarios, hasta el 80%.
- Los gastos efectivos y cotización a la Seguridad justificados de la contratación de una persona para el cuidado de las personas dependientes.
Se subvencionará el 80% del Salario Mínimo Interprofesional, así como el 100% de los gastos relacionados con pagos mensuales de Seguridad Social.
- Los gastos efectivos y justificados de la contratación de los servicios de una empresa para el cuidado de las personas dependientes, hasta un 80%.
La cobertura de la ayuda estará directamente relacionada con las necesidades derivadas de las características de la acción prelaboral.
Esta ayuda deberá prestarse en todo caso en el municipio de Vitoria- Gasteiz.
Requisitos:
- Hallarse empadronada en el municipio de Vitoria-Gasteiz.- Ser responsable del cuidado de menores de 12 años, mayores de 70 años y/o personas con discapacidad que convivan en el domicilio familiar.
- Encontrarse en situación de desempleo o situación laboral precaria (jornada parcial, sucesión de contratos temporales, baja remuneración,…), que a juicio del personal técnico del Departamento de Empleo requiera de alguna actuación prelaboral que le permita mejorar sus posibilidades de inserción.
- Haber sido admitida en un programa de formación ocupacional u otros programas preformativos o post-formativos del Departamento.
- Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:
- Mujeres víctimas de la violencia de género.
- Personas pertenecientes a unidades familiares con ingresos anuales inferiores (según número de miembros) a:
Nº DE MIEMBROS INGRESOS BRUTOS (*) INGRESOS BRUTOS (*) FAMILIAS MONOPARENTALES
2 21.000 euros
3 21.000 euros 22.000 euros
4 22.000 euros 23.000 euros
5 23.000 euros 24.000 euros
6 24.000 euros 25.000 euros