Convocatoria de ayudas para la promoción de las asociaciones que trabajan en la salvaguarda y valoración del patrimonio histórico de Menorca para el año 2006.

Código de ayuda:

S11100/05

Norma:

Sesión ordinaria de 9 de enero de 2006, Sesión de 7 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Sin determinar.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de las ayudas a actividades y programas de actividades de las asociaciones que trabajan en la salvaguarda, el estudio y la promoción del patrimonio histórico de Menorca, que se regirá por las bases (con sus anexos) que fueron aprobadas por el Consejo Ejecutivo del CIM, en sesión
ordinaria de 7 de febrero de 2005 (BOIB núm. 34 de 26-2-2005).

Dar apoyo a las asociaciones que trabajan en la salvaguarda y valoración del patrimonio histórico de Menorca.

La finalidad de estas ayudas es fomentar el voluntariado y el asociacionismo en acciones de salvaguarda, estudio y promoción de los valores del patrimonio histórico y cultural de Menorca.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cantidad máxima 20.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones radicadas en Menorca con personalidad jurídica propia y que estén debidamente dadas de alta en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que tengan como objetivo el estudio, la promoción, la salvaguarda y la valoración del patrimonio histórico de la isla.
Deberán tener capacidad suficiente para obrar y no encontrarse inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con el Estado u otros entes públicos.

Quedan excluidas las asociaciones vinculadas al patrimonio histórico que ya tengan establecidos convenios plurianuales con el Consell Insular de Menorca y las que presenten solicitudes en otras convocatorias del Departamento de Cultura y Educación.

No pueden ser beneficiarias las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Documentos asociados

Boletín: 26/02/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 34
Documento: Bases 2005 Descargar Documento
Boletín: 31/01/2006
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 14
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento