Convocatoria de ayudas para la promoción de las asociaciones que trabajan en la salvaguarda y valoración del patrimonio histórico de Menorca para el año 2006.
Código de ayuda:
S11100/05Norma:
Sesión ordinaria de 9 de enero de 2006, Sesión de 7 de febrero de 2005.Plazo de Solicitud:
Sin determinar.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria de las ayudas a actividades y programas de actividades de las asociaciones que trabajan en la salvaguarda, el estudio y la promoción del patrimonio histórico de Menorca, que se regirá por las bases (con sus anexos) que fueron aprobadas por el Consejo Ejecutivo del CIM, en sesiónordinaria de 7 de febrero de 2005 (BOIB núm. 34 de 26-2-2005).
Dar apoyo a las asociaciones que trabajan en la salvaguarda y valoración del patrimonio histórico de Menorca.
La finalidad de estas ayudas es fomentar el voluntariado y el asociacionismo en acciones de salvaguarda, estudio y promoción de los valores del patrimonio histórico y cultural de Menorca.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Cantidad máxima 20.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones radicadas en Menorca con personalidad jurídica propia y que estén debidamente dadas de alta en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que tengan como objetivo el estudio, la promoción, la salvaguarda y la valoración del patrimonio histórico de la isla.Deberán tener capacidad suficiente para obrar y no encontrarse inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con el Estado u otros entes públicos.
Quedan excluidas las asociaciones vinculadas al patrimonio histórico que ya tengan establecidos convenios plurianuales con el Consell Insular de Menorca y las que presenten solicitudes en otras convocatorias del Departamento de Cultura y Educación.
No pueden ser beneficiarias las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Documentos asociados
Boletín:
26/02/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 34
Documento: Bases 2005 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 34
Documento: Bases 2005 Descargar Documento
Boletín:
31/01/2006
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 14
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 14
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento